ORDENANZA, Nº 392-MDSJL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - Ordenanza que otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito de San Juan de Lurigancho-ORDENANZA-Nº 392-MDSJL

Fecha de disposición07 Julio 2019
Fecha de publicación07 Julio 2019

Ordenanza que otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito de San Juan de Lurigancho

ORDENANZA Nº 392-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 4 de julio de 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE

SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de julio de 2019, los Informes Nº 040-2019-GAT/MDSJL, Nº 036-2019-GAT/MDSJL y Nº 034-2019-GAT/MDSJL de fechas 27, 19 y 14 de junio del 2019, respectivamente, y el Memorando Nº 546-2019-GAT/MDSJL de fecha 13 de junio del 2019 de la Gerencia de Administración Tributaria, los Memorandos Nº 476-2019-GDE/MDSJL y Nº 411-2019-GDE/MDSJL de fechas 27 y 03 de junio del 2019 de la Gerencia de Desarrollo Económico, los Memorándum Nº 1681-2019-GEC/MDSJL y Nº 1460-2019-GEC/MDSJL de fechas 27 y 12 de junio del 2019 de la Gerencia de Ejecución Coactiva, el Memorando Nº 345-2019-GP/MDSJL de fecha 18 de junio del 2019 de la Gerencia de Planificación, el Memorando Nº 342-2019-GAF/MDSJL de fecha 14 de junio del 2019 de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe Legal Nº 119-2019-GAJ-MDSJL de fecha 24 de junio del 2019 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y documentos conexos sobre Proyecto de Ordenanza que otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4 del Artículo 195º y por el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley;

Que, el segundo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; en tanto, su Artículo 41º establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, es política de la actual gestión municipal promover y estimular en el contribuyente de San Juan de Lurigancho, el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, otorgando beneficios aquellos contribuyentes con deudas pendientes de pago, menores recursos, pensionistas y adulto mayor, con descuentos en arbitrios y pagos fraccionados, con el fin de continuar con las mejoras en los servicios públicos en nuestra jurisdicción;

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 119-2019-GAJ-MDSJL del 24 de junio del 2019, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO NOMINAL de los miembros del Concejo Municipal: Claudio Gregorio Segura – a favor; Edie Peter Conislla Ramírez – a favor; Ángel Manuel Tafur del Águila – a favor; José Luis Yauricasa Luna - a favor; Evelyn Liseth Alonzo Ramírez – a favor; Oscar Niel Herquinio Luna – a favor; Jenifer Leslie Ccente...

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