RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 281-2019-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Autorizan transferencia de recursos financieros a favor del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, para la ejecución de diversas actividades-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 281-2019-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición26 de Junio de 2019

Lima, 26 de junio de 2019

VISTOS: Los Oficios Nsº 581-2018-IMARPE/CD y 087-2019-IMARPE/CD del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), los Memorandos Ns° 1642-2018-PRODUCE/OGPPM y 236-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los Informes Ns° 343-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM y 043-2019-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, los Memorandos N° 438 y 583-2019-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración, el Memorando N° 1086-2019-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y el Informe N° 544-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, destinará de sus recursos propios y para fines de investigación científica, tecnológica y capacitación, un porcentaje de los derechos que graven el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias;

Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y modificado por Decreto Supremo N° 002-2008-PRODUCE, en adelante el Reglamento, dispone que el Ministerio de la Producción, en adelante, PRODUCE, destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos que recaude por concepto de concesiones y permisos de pesca que incluye hasta el 25% del total de los recursos que se recauden por concepto de derechos de permisos de pesca para el consumo humano indirecto, y que las actividades y/o proyectos que se financien con dichos recursos, serán previamente analizados y evaluados por una Comisión Especial que contará con la participación del sector pesquero privado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 386-2008-PRODUCE y modificatorias, se conforma la Comisión Especial a que se refiere el artículo 27 del Reglamento, en adelante, la Comisión Especial, encargada de, entre otros, analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecución de actividades y proyectos en materia de investigación científica, tecnológica, capacitación u otras materias vinculadas al desarrollo pesquero o acuícola, que podrán ser financiados con un porcentaje del total de los derechos que recaude PRODUCE por concepto de concesiones y permisos de pesca;

Que, mediante Oficio N° 581-2018-IMARPE/CD y Oficio N°...

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