RESOLUCION.N° 109, 111, 116, 117, 118, 119 y 120-2019-CD/CD.Resoluciones de Consejo Directivo de OSINERGMIN.SEPARATA ESPECIAL Sábado 22 de junio de 2019 AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 109-2019-OS/CD Aprueba Saldos de Liquidación del Precio Medio del Gas y Costo Medio de Transporte de Gas... -

Fecha de disposición22 Junio 2019
Fecha de publicación22 Junio 2019

Año de lA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 109-2019-OS/CD

Aprueba Saldos de Liquidación del Precio Medio del Gas y Costo Medio de Transporte de Gas Natural en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao período enero – diciembre 2018.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 111-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electro Ucayali S.A. contra la Resolución N° 075-2019-OS/CD, que aprobó los Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución por Sector Típico y SER.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 116-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Consorcio Energético de Huancavelica S.A. contra la Resolución N° 063-2019-OS/CD, que aprobó el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y los Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), producto de la Liquidación Anual de los Ingresos, para el período mayo 2019 – abril 2020.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 117-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Gold Fields La Cima S.A. contra la Resolución N° 063-2019-OS/CD, que aprobó el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmsión (SST) y los Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), producto de la Liquidación Anual de los Ingresos, para el período mayo 2019 – abril 2020.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 118-2019-OS/CD

Resolución Complementaria que consigna las modificaciones de la Resolución

N° 063-2019-OS/CD, como resultado de los extremos declarados fundados y fundados en parte en las resoluciones que resuelven los Recursos de Reconsideración.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 119-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA contra la Resolución N° 064-2019-OS/CD, que aprobó la revisión de la distribución entre generadores de la responsabilidad de pago asignado a la generación por el criterio de Beneficios de los SST y SCT a solicitud de los interesados.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 120-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Contugas SAC contra la Resolución N° 071-2019-OS/CD, que aprobó el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado a los Peajes de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión para el período mayo 2019 – abril 2020.

separata especial

Sábado 22 de junio de 2019

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 109-2019-OS/CD

Lima, 20 de junio de 2019

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 09 de diciembre de 2000, se suscribió el Contrato BOOT de Concesión de la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao (en adelante “Contrato BOOT de Distribución”), siendo la actual concesionaria la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. (en adelante “Cálidda”);

Que, de acuerdo a la cláusula 14.0 del mencionado Contrato BOOT de Distribución, y el Artículo 106 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2008-EM (en adelante “Reglamento de Distribución”), las empresas concesionarias del servicio público de distribución de gas natural deben facturar, entre otros conceptos, el costo de la molécula de gas natural y el costo por el servicio de transporte para atender al Consumidor;

Que, en base a las disposiciones citadas, mediante Resolución Nº 054-2016-OS/CD Osinergmin aprobó la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” (en adelante “Norma Condiciones del Servicio”), en cuyo Artículo 12 se señala que, para el caso de los Consumidores Regulados, el concesionario de distribución facturará la molécula de gas y los servicios de transporte respectivos, como un precio medio del gas y un costo medio de Transporte, debiendo respetarse las características particulares que presente el contrato respectivo o el procedimiento de facturación asociado, de ser el caso. Asimismo, en el citado artículo se establece que los precios medios del suministro y costos medios de Transporte deben ser definidos trimestralmente por el Concesionario en forma posterior al consumo, disponiendo que, las diferencias entre los costos reales y los ingresos percibidos por el Concesionario serán asignados a los siguientes periodos de facturación, correspondiendo a Osinergmin liquidar anualmente los saldos a favor o en contra provenientes de las evaluaciones trimestrales;

Que, en línea con las disposiciones señaladas, Cálidda ha venido facturando a sus Consumidores los costos del Gas y del Transporte a través del Precio Medio del Gas y el Costo Medio de Transporte calculados trimestralmente, resultando necesario, por tanto, que se determinen los saldos a favor o en contra, en cada periodo, a fin de que los mismos sean incorporados o descontados para efectos del cálculo de dichos conceptos para periodos siguientes;

Que, en relación al Precio Medio del Gas, la liquidación de los saldos se realiza diferenciando los consumos de gas natural de cada tipo de consumidor que considera el Consorcio Camisea para la facturación a Cálidda, conforme al Contrato de Licencia del Lote 88 y los acuerdos complementarios a este, siendo estos los siguientes: (i) Generador Eléctrico; (ii) Residencial con Descuento (primeros 100 000 Consumidores Residenciales a quienes el Consorcio Camisea les brinda un descuento del 63% del precio del gas natural en boca de pozo hasta por un consumo máximo de 1 500 m3 por cliente); y, (iii) Otros (incluye las categorías A1, A2, B, C, D, E, GNV e IP de la Concesión de Lima y Callao). Para esta liquidación se utiliza la información remitida de contratos y facturas remitida por Cálidda referida a las compras de gas natural efectuadas por dicho agente y la información comercial de los ingresos obtenidos por la aplicación del Precio Medio del Gas a los Consumidores;

Que, en relación al Costo Medio de Transporte, la liquidación del saldo se realiza considerando los contratos y facturas remitidas por Cálidda por concepto del servicio de transporte, la información reportada por Transportadora de Gas del Perú y la información comercial de los ingresos obtenidos por la empresa concesionaria por la aplicación del Costo Medio de Transporte a los Consumidores;

Que, de acuerdo a lo expuesto, y habiendo Osinergmin aprobado los saldos de liquidación del Precio Medio del Gas y del Costo Medio de Transporte, mediante Resolución Nº 115-2018-OS/CD, correspondiente al periodo comprendido entre abril de 2016 y diciembre de 2017; resulta procedente aprobar la liquidación de los saldos, a favor o en contra, provenientes de las evaluaciones trimestrales del Precio Medio del Gas y del Costo Medio de Transporte facturados por Cálidda a sus Consumidores, correspondiente al periodo comprendido entre enero y diciembre de 2018;

Que, se ha emitido el Informe Técnico Nº 305-2019-GRT de la División de Gas Natural y el Informe Legal Nº 306-2019-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, que complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos; en el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, Reglamento General de Osinergmin; en el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos; en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 018-2019.

SE RESUELVE:

Artículo 1º Aprobar los saldos de liquidación del Precio Medio del Gas por tipo de Consumidor, para la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de...

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