DECRETO SUPREMO, N° 189-2019-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Modifican el Decreto Supremo N° 353-2013-EF-DECRETO SUPREMO-N° 189-2019-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición21 de Junio de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 353-2013-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Kreditanstal für Weideraufbau–KfW, hasta por US$ 48 660 000,00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Proyecto “Esquema Cajamarquilla, Nievería y Cerro Camote–Ampliación de los Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 129, 130, 131, 132, 133, 134 y 135 – Distrito de Lurigancho y San Antonio de Huarochirí”, a cargo de la empresa Servicio de Agua y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL;

Que, la empresa Servicio de Agua y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL solicita la modificación del plazo de desembolso de la citada operación de endeudamiento externo, con la finalidad de continuar con la ejecución del proyecto de inversión financiado con los recursos de la aludida operación, lo que permitirá el cumplimiento del objetivo del mismo;

Que, la modificación del plazo de desembolso implica un cambio en las condiciones financieras de la operación de endeudamiento, referida al plazo de amortización y el periodo de gracia, por lo que resulta necesario modificar el citado Decreto Supremo en lo concerniente a dichas condiciones;

Que, de acuerdo con el párrafo 28.1 del artículo 28, del Decreto Legislativo 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, las modificaciones de las operaciones de endeudamiento se aprueban mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente;

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada modificación del Decreto Supremo Nº 353-2013-EF, en aplicación del literal l) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; y,

Con el voto...

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