RESOLUCION MINISTERIAL, N° 201-2019-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Conforman el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Presidencia del Consejo de Ministros-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 201-2019-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2019

3 de junio de 2019

VISTOS:

La Nota de Elevación N° D000031-2019-PCM-OGPP y el Informe N° D000026-2019-PCM-OGPP-GAN de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Presidencia del Consejo de Ministros; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Decreto Legislativo N° 1432 se modificó el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y con Decreto Supremo N° 284-2018-EF, se aprobó su Reglamento. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF, se aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252;

Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se crea como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252 dispone que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector;

Que, el acápite 15 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252 señala que una de las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del sector es monitorear el avance de la ejecución de las inversiones sobre la base de la información registrada por la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, realizando reportes en el Sistema de Seguimiento de Inversiones de acuerdo a los lineamientos que establece la Dirección...

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