ORDENANZA, Nº 003-2019-MPMN, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO - Ordenanza que establece la 'I Campaña de Beneficio e Incentivo Tributario 2019' denominada 'Por una ciudad limpia, ordenada y segura, cumple con tus tributos'-ORDENANZA-Nº 003-2019-MPMN
Emisor | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO |
Fecha de la disposición | 8 de Mayo de 2019 |
Moquegua, 18 de febrero de 2019
EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”
VISTO, en “Sesión Ordinaria” del 15-02-2019, el Dictamen Nº 003-2019-COAT-MPMN de Registro Nº 1906556-2019 de fecha 14-02-2019, sobre “I Campaña de Beneficio e Incentivo Tributario Municipal 2019”.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 del 26-05-2003;
Que, el Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos Municipales;
Que, el Artículo 74° de la Constitución Política del Perú, otorga la potestad tributaria a los Gobiernos Locales para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; concordado con lo establecido en la Norma IV del “Texto Único Ordenado del Código Tributario” aprobado por Decreto Supremo N° 133-2012-EF;
Que, de conformidad al Numeral 9) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios y derechos conforme a Ley;
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, según se tiene de la propuesta presentada por la Gerencia de Administración Tributaria, está referido al beneficio de Amnistía Tributaria respecto al 100% de los intereses moratorios y multas, de los Impuestos y tributos Municipales, teniendo como objetivo la reducción del índice de morosidad que se tiene en nuestra localidad y a través de este mecanismo mejorar la recaudación tributaria, para el cumplimiento de metas y considerando que tal beneficio se viene dando años tras año;
Que, siendo necesario incentivar la cultura tributaria en el Distrito de Moquegua y fomentar el pago oportuno del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, se debe regular el Incentivo Tributario por pago adelantado y puntual;
Que, contando con opinión legal favorable emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen de la “Comisión Ordinaria de Administración Tributaria”, que recomienda se apruebe la propuesta de Ordenanza de “Campaña de Beneficio e Incentivo Tributario 2019”;
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto” en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley N° 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 15-02-2019, la siguiente:
Establézcase la “I Campaña de Beneficio e Incentivo Tributario 2019”, cuyo objetivo es fomentar “La Cultura Tributaria” para que los...
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