DECRETO SUPREMO, N° 004-2019-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30870, Ley que establece los criterios de evaluación para obtener la calificación de espectáculos públicos culturales no deportivos-DECRETO SUPREMO-N° 004-2019-MC

Fecha de disposición25 Abril 2019
Fecha de publicación25 Abril 2019
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 4 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus áreas programáticas de acción, la pluralidad étnica y cultural de la Nación, sobre la cual ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; asimismo, el literal a) del artículo 5 establece como una de las competencias exclusivas y excluyentes del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura;

Que, la Ley N° 30870, Ley que establece los criterios de evaluación para obtener la calificación de espectáculos públicos culturales no deportivos tiene como objeto establecer aquellos criterios que el Ministerio de Cultura debe observar, previo cumplimento de los requisitos que los interesados adjunten a su solicitud para el otorgamiento de la mencionada calificación; estableciendo en su Segunda Disposición Complementaria Final, que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Cultura, publica su reglamento, así como el formulario de evaluación correspondiente;

Que, el numeral 4 del Apéndice II del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 082-2015-EF, señala que son servicios exonerados del Impuesto General a las Ventas, los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectáculos públicos culturales por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura;

Que, por su parte, el literal n) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF, modificado por el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 27356, Ley que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, establece que están exonerados de dicho impuesto, hasta el 31 de diciembre de 2020, los ingresos brutos que perciben las representaciones de países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet y folclor, calificados como espectáculos públicos culturales por el entonces Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura, realizados en el país;

Que en tal sentido, corresponde al Ministerio de Cultura otorgar la calificación como espectáculo público cultural no deportivo de conformidad con el marco normativo antes detallado;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF; la Ley N° 30870, Ley que establece los criterios de evaluación para obtener la calificación de espectáculos públicos culturales no deportivos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

Aprobar el Reglamento de la Ley N° 30870, Ley que establece los criterios de evaluación para obtener la calificación de espectáculos públicos culturales no deportivos, el cual consta de tres (3) Títulos, doce (12) artículos y una (1) Disposición Complementaria Final, que...

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