ORDENANZA, Nº 499-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Aprueban Ordenanza que flexibiliza las condiciones de regularización tributaria en el distrito de San Isidro-ORDENANZA-Nº 499-MSI

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Fecha de la disposición14 de Abril de 2019

Aprueban Ordenanza que flexibiliza las condiciones de regularización tributaria en el distrito de San Isidro

ORDENANZA Nº 499-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Dictamen Nº 011-2019-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen Nº 009-2019-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Informe Nº 384-2019-0510-SPP-GPPDC/MSl de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nº 030-2019-1120-SFT-GAT/MSI y Nº 31-2019-1120-SFT-GAT/MSI de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; los Memorandos Nº 0153-2019-1100-GAT/MSI, Nº 0155-2019-1100-GAT/MSI y el Informe Nº 0033-2019-1100-GAT/MSI de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 0149-2019-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como al numeral 9) del Artículo de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de sus jurisdicción y con los límites que señala la ley;

Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren;

Que, constituye política de la Municipalidad de San Isidro, el brindar a sus vecinos las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, formales y sustanciales, asegurando la correcta determinación de los tributos que administra y el nivel de recaudación que garantice el cumplimiento de sus fines;

Que, con fecha 25 de noviembre de 2018, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ordenanza Nº 490-MSS...

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