RESOLUCION, Nº 008-2019-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican el Capítulo VI “De los Servicios Vinculados al Registro Contable” del Reglamento Interno de Cavali S.A. ICLV-RESOLUCION-Nº 008-2019-SMV/01

Fecha de publicación16 Marzo 2019
Fecha de disposición27 Febrero 2019

Lima, 27 de febrero de 2019

VISTOS:

El Expediente N° 2018047366 presentado por CAVALI S.A. ICLV, así como el Informe Conjunto N° 182-2019-SMV/06/10/12 del 22 de febrero de 2019, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, establece que la Superintendencia del Mercado de Valores aprueba los estatutos, reglamentos internos así como sus modificaciones, de las instituciones de compensación y liquidación de valores; además de controlar y supervisar las actividades de dichas entidades;

Que, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores, aprobado por Resolución Conasev N° 031-99-EF/94.10 y sus modificatorias, corresponde a esta Superintendencia aprobar los reglamentos internos de las instituciones de compensación y liquidación de valores así como sus modificaciones, en forma previa a su aplicación;

Que, el artículo 2 de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, establece como una de las medidas para asegurar la reparación civil a favor del Estado a la anotación preventiva, la misma que, de conformidad con el artículo 8 de dicha ley, se inscribe de oficio, en mérito a una resolución emitida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en los registros públicos en los que consten inscritos los bienes, activos, derechos, acciones, participaciones u otros valores representativos de derechos de participación pertenecientes a los sujetos comprendidos en el artículo 1 de la Ley N° 30737;

Que, el numeral 8.6 del artículo 8 de la citada Ley N° 30737 establece que la institución de compensación y liquidación de valores es responsable de inscribir en el...

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