DECRETO SUPREMO, N° 009-2019-MTC, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban modificaciones al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, al Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, y al Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito-DECRETO SUPREMO-N° 009-2019-MTC
Fecha de disposición | 13 Marzo 2019 |
Fecha de publicación | 13 Marzo 2019 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Sección | Sección Única |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, prescribe que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;
Que, el artículo 30 de la Ley regula el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito –SOAT y el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito - SOAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, en adelante el Reglamento SOAT, el cual establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre; así como, el régimen y características del Seguro Obligatorio por Accidentes de Tránsito - SOAT, en el marco de la Ley;
Que, mediante la Ley Nº 28515, Ley que promueve la transparencia de la información del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), se estableció la obligatoriedad a las compañías de seguro de publicar la relación de personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de vehículos automotores, que fallezcan como consecuencia de un accidente de tránsito, con la finalidad de que los beneficiarios ejerzan oportunamente su derecho a la indemnización correspondiente;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC, se aprobó el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito;
Que, con fecha 06 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 30883, Ley que modifica la Ley Nº 28515, incorporando a las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito – AFOCAT, como obligados de realizar la publicación señalada en el párrafo precedente. Asimismo, se establece que el plazo de...
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