RESOLUCION JEFATURAL, Nº 021-2019-JEFATURA/ONP, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL - Delegan facultades en diversos funcionarios de la ONP-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 021-2019-JEFATURA/ONP

Fecha de disposición04 Marzo 2019
Fecha de publicación13 Marzo 2019

Lima, 4 de marzo de 2019

VISTO:

El Informe Nº 137-2019-OAJ/ONP de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y definida como un Organismo Público del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley;

Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29158Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional como Organismo Público Técnico Especializado;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10 y su modificatoria, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP;

Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 181-2018-GG/ONP se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos – MPP Actualizado de la ONP, en el cual se han cambiado la denominación de los puestos de la entidad, los cuales deben ser recogidos en la resolución que delega facultades a los servidores de la entidad;

Que, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, conformada por la Ley Nº 28411 y sus modificatorias, así como por los artículos vigentes del Decreto Legislativo Nº 1440, se dispone que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático a través de disposición expresa publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28532 establece que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13;

Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y dispone en el artículo 8, que el Titular de la Entidad puede delegar sus atribuciones mediante resolución, excepto las facultades expresamente calificadas como indelegables por la propia Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 008-2016-JEFATURA/ONP y Resolución Jefatural Nº 010-2016-JEFATURA/ONP se delegan facultades en materia de contratación pública a diversos servidores de la ONP, las cuales han sido modificadas por las Resoluciones Jefaturales Nº 138-2018-JEFATURA/ONP y Nº 004-2019-JEFATURA/ONP;

Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1444 que modifica la Ley de Contrataciones del Estado, publicado en el diario oficial El Peruano el 16.09.2018, dispone su entrada en vigencia a los treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de las modificaciones al reglamento a...

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