DECRETO SUPREMO, N° 047-2019-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que establece el monto máximo para atender las Operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional Regional y Local-DECRETO SUPREMO-N° 047-2019-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, durante el Año Fiscal 2019, cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias financieras a favor del Pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90) días calendario contados a partir de la vigencia de la citada Ley Anual de Presupuesto;

Que, en el marco de la referida norma, el Ministerio de Defensa ha solicitado a la Presidencia del Consejo de Ministros disponer las acciones correspondientes a fin que se emita el Decreto Supremo referido en el considerando precedente, para el Año Fiscal 2019, informando que dicho Sector ha destinado la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 54 438,00), para atender las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Regional y Local;

De conformidad a lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

DECRETA:

Artículo 1

Objeto.

Establecer el monto máximo de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 54 438,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios del Gobierno...

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