, Anexo R.D. N° 010-2019-OTASS/DE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS--Anexo R.D. N° 010-2019-OTASS/DE

Fecha de disposición05 Febrero 2019
Fecha de publicación06 Febrero 2019

Lima, 5 de febrero de 2019

VISTOS:

El Informe N° 022-2019-OPP/OTASS, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 24-2019-OAJ/OTASS, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo N° 1240, crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS-, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, y con competencia a nivel nacional; desarrolla su objeto en concordancia con la política general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinación con el ente rector; y constituye pliego presupuestal;

Que, a través de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio de los/las ciudadanos/as; estableciéndose para el efecto los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, estableciéndose entre los pilares de ésta, la gestión por procesos y la organización institucional;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, se reorienta las funciones del OTASS, con un rol prioritariamente promotor y ejecutor de la política del Ente rector, lo que conlleva a que el OTASS concentre sus recursos en la mejora efectiva de la administración y gestión de la prestación de servicios de saneamiento, así como, en la dirección y reflotamiento de las Empresas Prestadoras de Saneamiento Municipales incorporadas al Régimen de Administración Transitoria – RAT;

Que, en este contexto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha propuesto la aprobación de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, para adecuar su organización y estructura a la normativa vigente, a partir del cual se establecen cambios en su estructura organizacional acorde a los actuales niveles de exigencia y modernización que requiere el Estado, así como, optimizar los procesos de la entidad con la finalidad de mejorar los servicios que presta en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA se aprueba la Sección Primera del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS que consta de tres (03) títulos y, treinta y tres (33) artículos;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 45.1 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modificado por Decreto Supremo N°131-2018-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44. Asimismo, la organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende el tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad;

Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, de conformidad con lo establecido...

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