DECRETO SUPREMO, N° 005-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Decreto Supremo que aprueba el Calendario Oficial para los años 2019 y 2020 de la entrada en vigencia de la obligatoriedad del intento conciliatorio-DECRETO SUPREMO-N° 005-2019-JUS

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición31 de Enero de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26872, Ley de Conciliación y modificatorias, se declara de interés nacional la institucionalización y desarrollo de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1070, Decreto Legislativo que modifica la Ley antes acotada, establece que dicha norma entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Conciliatorios, según el Calendario Oficial que será aprobado mediante Decreto Supremo;

Que, de conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2008-JUS, precisada por la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 006-2010-JUS, se debe considerar a cada Provincia de cada Departamento como un Distrito Conciliatorio, en tanto que la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao constituyen un solo Distrito Conciliatorio;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2010-JUS, Decreto Supremo N° 008-2011-JUS, Decreto Supremo N° 015-2012-JUS, Decreto Supremo N° 008-2014-JUS, Decreto Supremo N° 004-2015-JUS y Decreto Supremo N° 001-2017-JUS, respectivamente, se aprobaron los Calendarios Oficiales para los años 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, de la entrada en vigencia de la obligatoriedad del intento conciliatorio previo a un proceso judicial, en diversos Distritos Conciliatorios del país;

Que, la obligatoriedad del intento conciliatorio previo a un proceso judicial está acorde con la Vigésima Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional referida a la “Plena vigencia de la Constitución y de los Derechos Humanos y Acceso a la Justicia e Independencia Judicial”; con los Lineamientos de Política en Justicia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, referido a la promoción y facilitación del acceso a los medios alternativos de solución de conflictos; así como a la correspondiente difusión de su vigencia, a fin de reducir su judicialización. En ese marco, y a efectos de garantizar el acceso universal a la justicia, promoviendo la desjudicialización de los conflictos, la cultura de paz y la mayor utilización de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR