DECRETO SUPREMO, N° 323-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Otorgan de manera excepcional y por única vez una bonificación a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Gobiernos Regionales-DECRETO SUPREMO-N° 323-2018-EF

Fecha de publicación28 Diciembre 2018
Fecha de disposición28 Diciembre 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Centésima Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza de manera excepcional y por única vez, en el mes de diciembre de 2018, el otorgamiento de una bonificación, a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, que se encuentre efectivamente laborando; señalándose que dicha bonificación no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales; asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de las bonificaciones que establece el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas;

Que, de acuerdo a la citada Disposición, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, se aprueban el monto, criterios y condiciones de la bonificación referida en el considerando precedente y las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales con cargo al presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, exceptuándose al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 y 9 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 952-2018-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER sustenta y determina los montos, criterios y condiciones para el otorgamiento de la bonificación a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276 del Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales;

Que, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 01054-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y Oficios Nºs 1120 y 1123-2018-MINEDU/SPE-OPEP señala que el Presupuesto Institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en las Unidades Ejecutoras 120: Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos y 024: Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la referida bonificación; en virtud de lo cual mediante Oficio Nº 06219-2018-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite al referido proyecto normativo;

Que, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando Nº 2922-2018-EF/50.06, señala que la información remitida por el Ministerio...

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