ORDENANZA, Nº 402-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Villa El Salvador-ORDENANZA-Nº 402-MVES
Fecha de publicación | 22 Diciembre 2018 |
Fecha de disposición | 22 Diciembre 2018 |
Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Villa El Salvador
ORDENANZA Nº 402-MVES
Villa El Salvador, 14 de diciembre del 2018
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTOS: El Dictamen Nº 002-2018-CAL/MVES de la Comisión de Asuntos Legales, el Informe Nº 546-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 801-2018-SG/MVES de la Oficina de Secretaria General, sobre aprobación de Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.”;
Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal la de: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; asimismo el numeral 12) del artículo 9º de la misma norma señala como atribución del Concejo Municipal la de “Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal.”;
Que, mediante Ordenanza Nº 322-2015/MVES de fecha 17 de Febrero del 2015, se aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador;
Que, el numeral 29.2 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza Nº 369-MVES, establece como una de las funciones normativas y reguladoras de la Oficina de Secretaria General la de “Proponer proyectos de normas municipales en materia de su competencia”;
Que, mediante Memorando Nº 801-2018-SG/MVES, la Oficina de Secretaria General, responsable de verificar que la Alcaldía y Concejo Municipal gestionan eficazmente los aspectos de administración interna de ambos órganos de gobierno y en concordancia con lo establecido en el numeral 29.2 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Nº 369-MVES, remite propuesta de Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador, advirtiendo varios aspectos que deben ser modificados en el Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado mediante Ordenanza Nº 322-2015/MVES, siendo que al haber transcurrido casi cuatro (4) años de su vigencia corresponde que se adecue el mismo a la normativa vigente respecto de la materia, por lo que solicita a la Oficina de Asesoría Jurídica emita el informe legal pertinente, a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal;
Que, con Informe Nº 546-2018-OAJ/MVES la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal precisando que resulta procedente la aprobación del Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador, la misma que se encuentra acorde a la normativa vigente, por lo que, recomienda se eleve el mismo ante el Concejo Municipal, para que conforme a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se proceda a su aprobación mediante Ordenanza Municipal;
Que, mediante Dictamen Nº 002-2018-CAL/MVES, la Comisión de Asuntos Legales, señala que el Reglamento Interno del Concejo Municipal es un instrumento jurídico de gestión mediante el cual se regula el régimen interno del Concejo de la Municipalidad, su organización y funcionamiento, precisando las atribuciones de sus miembros, así como el desarrollo de las sesiones, la regulación de las comisiones en general, los procedimientos normativos, los comportamientos que se consideran faltas, entre otros, con el objetivo de lograr un correcto comportamiento institucional dentro de dicho órgano que implique una estricta observancia del marco jurídico vigente;
Que, de conformidad con el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, el proyecto de Ordenanza propuesto se encuentra exceptuado de su pre publicación, al ser una norma interna que regula únicamente a los miembros del Concejo Municipal de Villa El Salvador;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO
MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO
DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR
El Concejo Municipal constituye el máximo órgano del Gobierno Local.
DEL CONCEJO
EL ALCALDE
Le corresponde ejercer las funciones ejecutivas del Gobierno Local.
LOS REGIDORES
Tienen atribuciones y obligaciones establecidas en los artículos 09º y 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas legales concordantes.
Los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El acuerdo que las fija será...
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