ORDENANZA, Nº 402-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Villa El Salvador-ORDENANZA-Nº 402-MVES

Fecha de publicación22 Diciembre 2018
Fecha de disposición22 Diciembre 2018

Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Villa El Salvador

ORDENANZA Nº 402-MVES

Villa El Salvador, 14 de diciembre del 2018

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTOS: El Dictamen Nº 002-2018-CAL/MVES de la Comisión de Asuntos Legales, el Informe Nº 546-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 801-2018-SG/MVES de la Oficina de Secretaria General, sobre aprobación de Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.”;

Que, el numeral 8) del Artículo de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal la de: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; asimismo el numeral 12) del artículo 9º de la misma norma señala como atribución del Concejo Municipal la de “Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal.”;

Que, mediante Ordenanza Nº 322-2015/MVES de fecha 17 de Febrero del 2015, se aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador;

Que, el numeral 29.2 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza Nº 369-MVES, establece como una de las funciones normativas y reguladoras de la Oficina de Secretaria General la de “Proponer proyectos de normas municipales en materia de su competencia”;

Que, mediante Memorando Nº 801-2018-SG/MVES, la Oficina de Secretaria General, responsable de verificar que la Alcaldía y Concejo Municipal gestionan eficazmente los aspectos de administración interna de ambos órganos de gobierno y en concordancia con lo establecido en el numeral 29.2 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Nº 369-MVES, remite propuesta de Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador, advirtiendo varios aspectos que deben ser modificados en el Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado mediante Ordenanza Nº 322-2015/MVES, siendo que al haber transcurrido casi cuatro (4) años de su vigencia corresponde que se adecue el mismo a la normativa vigente respecto de la materia, por lo que solicita a la Oficina de Asesoría Jurídica emita el informe legal pertinente, a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal;

Que, con Informe Nº 546-2018-OAJ/MVES la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal precisando que resulta procedente la aprobación del Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de Villa El Salvador, la misma que se encuentra acorde a la normativa vigente, por lo que, recomienda se eleve el mismo ante el Concejo Municipal, para que conforme a lo establecido en el numeral 8) del artículo y artículo 40º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, se proceda a su aprobación mediante Ordenanza Municipal;

Que, mediante Dictamen Nº 002-2018-CAL/MVES, la Comisión de Asuntos Legales, señala que el Reglamento Interno del Concejo Municipal es un instrumento jurídico de gestión mediante el cual se regula el régimen interno del Concejo de la Municipalidad, su organización y funcionamiento, precisando las atribuciones de sus miembros, así como el desarrollo de las sesiones, la regulación de las comisiones en general, los procedimientos normativos, los comportamientos que se consideran faltas, entre otros, con el objetivo de lograr un correcto comportamiento institucional dentro de dicho órgano que implique una estricta observancia del marco jurídico vigente;

Que, de conformidad con el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, el proyecto de Ordenanza propuesto se encuentra exceptuado de su pre publicación, al ser una norma interna que regula únicamente a los miembros del Concejo Municipal de Villa El Salvador;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) del artículo y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL

REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO

MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR

Artículo Primero APROBAR el Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, el mismo que consta de Ochenta (80) artículos y Tres (03) Disposiciones Finales y que en Anexo forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo DEROGAR la Ordenanza Nº 322-2015/MVES de fecha 17 de Febrero del 2015.
Artículo Tercero ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe).
Artículo Quinto PRECISAR que la presente Ordenanza, entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

GUIDO IÑIGO PERALTA

Alcalde

REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO

DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 80
Artículo 1º El presente Reglamento Interno del Concejo Municipal de Villa El Salvador, establece la conformación, funciones y atribuciones de sus miembros; regula el procedimiento operativo de las Sesiones de Concejo y el funcionamiento de las Comisiones de Regidores.
Artículo 2º El Concejo Municipal de Villa El Salvador es un órgano colegiado, integrado por el Alcalde quien lo preside y trece (13) Regidores elegidos conforme a ley

El Concejo Municipal constituye el máximo órgano del Gobierno Local.

Artículo 3º Corresponde al Concejo Municipal las atribuciones, competencias, funciones y prerrogativas que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y normas que establezcan de manera expresa la competencia del Concejo Municipal.
TÍTULO II Artículos 6 a 8

DEL CONCEJO

CAPÍTULO I

EL ALCALDE

Artículo 4º El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa

Le corresponde ejercer las funciones ejecutivas del Gobierno Local.

Artículo 5º El Alcalde tiene las atribuciones previstas en el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, desempeña sus funciones a tiempo completo y percibe remuneración mensual, fijada por acuerdo de concejo dentro del primer trimestre del primer año de gestión, de conformidad con las disposiciones legales vigentes
CAPÍTULO II Artículos 6 a 8

LOS REGIDORES

Artículo 6º Con excepción del Alcalde, a los integrantes del Concejo, se les denomina Regidores; son representantes de la Comunidad de Villa El Salvador

Tienen atribuciones y obligaciones establecidas en los artículos 09º y 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas legales concordantes.

Los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El acuerdo que las fija será...

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