RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 2574-2018-ANA-AAA JZ-V, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Aprueban modificación de la delimitación del Sector Hidráulico Menor Olmos - Clase B, y del Sector Hidráulico Menor Irrigación Olmos - Clase C-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 2574-2018-ANA-AAA JZ-V

Fecha de disposición28 Noviembre 2018
Fecha de publicación01 Diciembre 2018

Piura, 28 de noviembre de 2018

VISTO:

El expediente administrativo signado con CUT: 95949-2018, tramitado de oficio por la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque–Zarumilla, sobre modificación de la delimitación del Sector Hidráulico Menor Olmos–Clase B y sus subsectores hidráulicos y del Sector Hidráulico Menor Irrigación Olmos–Clase C, aprobada por Resolución Directoral N° 376-2016-ANA-AAA-JZ.V; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 33° del Reglamento de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, establece que los operadores de la infraestructura hidráulica son las entidades públicas o privadas que prestan alguno o todos los servicios públicos siguientes: regulación, derivación o trasvase, conducción, distribución o abastecimiento de agua, son responsables de la operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica a su cargo, con arreglo al Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica aprobado por la Autoridad Nacional del Agua;

Que, asimismo, el artículo 38° del precitado Reglamento, señala que, el sistema hidráulico es el conjunto de obras hidráulicas mayor, menor o ambos, que exclusivamente sirven para atender el requerimiento y abastecimiento de agua de un conjunto determinado de usuarios, está a cargo de uno o más operadores de Infraestructura hidráulica;

Que, con fecha 11.06.2010, se firma el Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto de Irrigación Olmos (en adelante “Contrato de Concesión”), el mismo que es suscrito por el Estado Peruano a través del Gobierno Regional de Lambayeque (CONCEDENTE) y H2Olmos (CONCESIONARIO), interviniendo además el Proyecto Especial Olmos Tinajones, el Ministerio de Agricultura y la Autoridad Nacional del Agua, con la finalidad de garantizar lo dispuesto en la legislación hídrica del país;

Que, mediante la Ley N° 30157, publicada el 19.01.2014 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, cuyo objeto es regular la constitución y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. Al respecto, la Tercera Disposición Complementaria de la citada norma dispone que, la Autoridad Nacional del Agua delimitará técnicamente los sectores y subsectores hidráulicos a nivel nacional;

Que, con Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA, publicada el 08.05.2014 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Procedimiento Especial para establecer y delimitar los sectores y subsectores hidráulicos de los sistemas...

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