RESOLUCION MINISTERIAL, N° 408-2018-EF/52, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Dictan disposiciones para la implementación de operación de administración de deuda y emisión de bonos-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 408-2018-EF/52

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2018

Lima, 28 de noviembre de 2018

CONSIDERANDO:

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, dispone que hasta el 31 de diciembre de 2018 la concertación de operaciones de endeudamiento se sigue rigiendo por el artículo 20 de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprobó la emisión externa o interna de bonos que, en una o más colocaciones, pueda efectuar el Gobierno Nacional con la finalidad de prefinanciar los requerimientos del siguiente ejercicio fiscal contemplados en el Marco Macroeconómico Multianual o en el Informe de Proyecciones Macroeconómicas, sujeto a que se den las condiciones establecidas en el párrafo 20.5 del artículo 20 de la Ley N° 28563;

Que, el Gobierno Peruano ha estimado conveniente realizar una emisión de bonos internos, destinados a prefinanciar los requerimientos financieros del Sector Público No Financiero para el Año Fiscal 2019 en caso las condiciones financieras sean favorables;

Que, de otro lado, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprobó operaciones de administración de deuda, hasta por el equivalente en moneda nacional u otra denominación, a US$ 6 000 000 000,00 (SEIS MIL MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), que en uno o más tramos puede efectuar el Gobierno Nacional bajo la modalidad de prepago, intercambio o canje de deuda, recompras, entre otros, contemplados en el párrafo 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 28563, actualmente contemplados en el párrafo 15.2 del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público;

Que, asimismo, la aludida Disposición Complementaria Transitoria aprobó la emisión externa y/o interna de bonos que, en una o más colocaciones, puede efectuar el Gobierno Nacional hasta por el monto que permita implementar la operación de administración de deuda a que se refiere el considerando precedente;

Que, por su parte, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, se determinan entre otros aspectos, el monto a ser emitido, las condiciones generales de los bonos respectivos, la designación...

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