RESOLUCION MINISTERIAL, N° 479-2018-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Disponen la prepublicación del proyecto de 'Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial'-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 479-2018-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2018

Lima, 21 de noviembre de 2018

VISTO, el Informe N° 900110-2018/DGPI/VMI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece el derecho de toda persona a su identidad étnica y cultural, y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, mediante Ley N° 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, se establece el régimen especial transectorial de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana que se encuentren en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, garantizando en particular sus derechos a la vida y a la salud salvaguardando su existencia e integridad;

Que, de acuerdo con los literales a) y d) del artículo 4 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, señalan que el Patrimonio Cultural de la Nación Material e Inmaterial y la Pluralidad étnica y cultural de la Nación son áreas programáticas de acción sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1374, se establece la potestad sancionadora del Ministerio de Cultura, así como el régimen sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2007-MIMDES, modificado por Decreto Supremo N° 008-2016-MC, y demás disposiciones de obligatorio cumplimiento, a fin de salvaguardar los derechos a la vida y la salud de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Cultura, se aprueba el Reglamento en el que se desarrollan las disposiciones referidas a las funciones de fiscalización, sanción y cobranza coactiva, tabla de infracciones y sanciones y el procedimiento administrativo sancionador;

Que, en ese contexto, se ha elaborado una propuesta denominada...

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