RESOLUCION, Nº 161-2018-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Modifican la Res. N° 230-2017-OS/CD a efectos de efectuar la devolución del Cargo Tarifario SISE a cada Usuario Final Beneficiario de la empresa Pure Biofuels del Perú S.A.C.-RESOLUCION-Nº 161-2018-OS/CD
Emisor | ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA |
Fecha de la disposición | 25 de Octubre de 2018 |
Modifican la Res. N° 230-2017-OS/CD a efectos de efectuar la devolución del Cargo Tarifario SISE a cada Usuario Final Beneficiario de la empresa Pure Biofuels del Perú S.A.C.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
N° 161-2018-OS/CD
Lima, 23 de octubre de 2018
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 30 de setiembre de 2017, se publicó la Resolución N° 206-2017-OS/CD, que aprobó la Norma “Procedimiento para la devolución de los pagos efectuados por los conceptos de CASE, Cargo Tarifario SISE y TRS dispuesta por Ley N° 30543” (“Procedimiento de Devolución”). Este Procedimiento, establece los criterios, mecanismos, obligaciones y etapas para la aprobación de los saldos de liquidación a cada agente recaudador, la determinación de los montos a devolver y la transferencia a cada una de las empresas recaudadoras, para el posterior traslado a los usuarios finales beneficiarios;
Que, de acuerdo con la Sexta Disposición Complementaria del Procedimiento de Devolución, una vez publicadas las listas de Usuarios Finales Beneficiarios, los usuarios que consideren que los montos a devolver no sean correctos, o que no hayan sido incluidos en dichas listas, podrán efectuar reclamaciones a sus respectivos suministradores o empresas prestadoras de servicios público, quienes se encuentran facultadas a efectuar revisiones y modificaciones a las listas de Usuarios Finales Beneficiarios, debiendo presentar a Osinergmin las referidas listas modificadas;
Que, con fecha 20 de diciembre de 2017, fue publicada en el diario oficial El Peruano la Resolución N° 230-2017-OS/CD (“Resolución 230”), mediante la cual Osinergmin aprobó los saldos de la liquidación, determinó los montos a devolver y transferir a cada una de las empresas recaudadoras y sus respectivos factores de ajuste; y dispuso la publicación de las Listas de Usuarios Finales Beneficiarios de la devolución de los montos recaudados por concepto del CASE, Cargo Tarifario SISE y TRS;
Que, mediante Carta N° ENG/414-2018 recibida el 09 de mayo de 2018, Engie Energía Perú S.A. (“Engie”), comunicó a este Organismo que la liquidación efectuada por la Resolución 230 no consideró un monto a su favor, que debe ser destinado a Pure Biofuels del Perú S.A.C. (“Pure Biofuels”), para su devolución, pese a que ésta si habría cobrado a su representada dichos montos por el Cargo Tarifario SISE, por concepto de compra de combustibles para su actividad de generación eléctrica, conforme las facturas que adjuntó;
Que, mediante Carta C-GL-133/2018 recibida el 21 de junio de 2018, Pure Biofuels remitió su lista de usuarios finales beneficiarios de la devolución del Cargo Tarifario SISE. Luego de las observaciones formuladas por Osinergmin a través de los Oficios N° 622-2018-GRT y N° 723-2018-GRT, Pure Biofuels presentó una nueva lista de Usuarios Finales Beneficiarios de la devolución del Cargo Tarifario SISE, en la cual, incoroporó como parte de sus...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba