RESOLUCION, N° 242 -2018/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Regulan nuevas obligaciones y otros aspectos de los operadores de servicios electrónicos -RESOLUCION-N° 242 -2018/SUNAT

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2018

Regulan nuevas obligaciones y otros aspectos de los operadores de servicios electrónicos

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 242-2018/SUNAT

REGULAN NUEVAS obligaciONES Y

OTROS ASPECTOS DE los operadores de servicios electrónicos

Lima, 12 de octubre de 2018

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT y normas modificatorias crea el Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos (SEE-OSE) al amparo del numeral 1 del artículo único del Decreto Legislativo Nº 1314, el cual faculta a la SUNAT a establecer que sean terceros quienes efectúen la comprobación informática en el sistema de emisión electrónica, previa inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos;

Que de acuerdo con el inciso a) del numeral 2 y el numeral 4 del artículo único del Decreto Legislativo Nº 1314, los artículos 7 y 8 de la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT y normas modificatorias regulan las obligaciones que debe cumplir el operador de servicios electrónicos y las sanciones aplicables por el incumplimiento de algunas de esas obligaciones, respectivamente;

Que con la finalidad de optimizar el control del SEE-OSE y establecer un medio adicional para consultar algunos aspectos de los documentos electrónicos emitidos a través de ese sistema, se considera conveniente establecer nuevas obligaciones del operador de servicios electrónicos y regular las sanciones aplicables por el incumplimiento de aquellas;

En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1314; el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único Modificación de la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT

1.1 Incorpórese los párrafos 7.15, 7.16 y 7.17 en el artículo 7 de la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT y normas modificatorias, en los términos siguientes:

Artículo 7. Obligaciones que debe cumplir el OSE

(…)

7.15 Poner a disposición del emisor electrónico, el adquirente o usuario, el destinatario, el remitente y/o el transportista la posibilidad de...

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