RESOLUCION SUPREMA, N° 105-2018-DE/FAP, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Ascienden a diversos oficiales al grado de Teniente General de la Fuerza Aérea del Perú-RESOLUCION SUPREMA-N° 105-2018-DE/FAP
Emisor | DEFENSA |
Fecha de la disposición | 13 de Octubre de 2018 |
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 105-2018-de/fap
Lima, 13 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley N° 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de Julio del 2008.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, concordante con el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 015-2011- DE/SG, que incluye la modificación del Anexo 5 del Reglamento acotado, en mérito de los cuales se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes;
Que, el literal b) del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 35 y literal b) del artículo 36 del mismo cuerpo normativo, establece que los ascensos son otorgados por el Ministro de Defensa, mediante Resolución Ministerial para Oficiales Superiores; asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701, prevé la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley N° 29108, de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el área de Personal y en concordancia con las disposiciones contenidas en los Anexos del referido Reglamento y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 002-2018-DE, que incluye la aplicación del Anexo N° 8, correspondiente a la Fuerza Aérea del Perú;
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2018-DE se aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2019 y a través de la Resolución Ministerial N° 574-2016-DE/SG, se estableció el Plan Estratégico de Personal de la Fuerza Aérea del Perú al 2021, considerando los efectivos por grados hasta el año 2021;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, ética e igualdad de derechos y oportunidades, previstos en el artículo 3 de la Ley N° 29108, los mismos que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba