ORDENANZA, Nº 554-MDR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DEL RIMAC - Ordenanza que modifica las Ordenanzas 537-2018-MDR y 550-2018-MDR, que otorgan beneficios para el pago de deudas tributarias y fraccionamientos vencidos en el distrito del Rímac-ORDENANZA-Nº 554-MDR

EmisorMUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2018

Ordenanza que modifica las Ordenanzas 537-2018-MDR y 550-2018-MDR, que otorgan beneficios para el pago de deudas tributarias y fraccionamientos vencidos en el distrito del Rímac

ORDENANZA Nº 554-MDR

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DEL RÍMAC.

POR CUANTO:

VISTO; en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de octubre de 2018, Informe Nº 063-2018-GR-MDR, de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 531-2018-SGRFT-GR-MDR, de fecha 09 de octubre de 2018, emitido por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 415-2018-GAJ-MDR de fecha 10 de octubre del 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades gozan de autonomía política y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; asimismo, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, establece la potestad tributaria de los gobiernos locales para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia mediante Ordenanza;

Que, es política de la gestión promocionar el cumplimiento de las obligaciones tributarias brindando a los vecinos mayores facilidades para su pago voluntario, disminuyendo de este modo el porcentaje de morosidad del distrito. En ese sentido, mediante Ordenanza Nº 537-2018-MDR, se establecieron beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito del Rímac; asimismo, dentro de dichas políticas mediante Ordenanza Nº 550-2018-MDR, se aprueba la ordenanza que establece beneficios para el pago de deudas fraccionadas vencidas;

Que, de la nueva revisión de los saldos por cobrar, se verificó que aún existe un gran número de contribuyentes con deudas impagas por concepto de arbitrios municipales de ejercicios anteriores al 2017, es por ello que resulta necesario establecer una normativa más flexible, que permita a los vecinos del distrito pagar la totalidad de sus deudas con mayores descuentos y facilidades;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º, numeral 8), artículo 40º de la Ley...

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