RESOLUCION, Nº 141-2018-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Disponen publicar proyecto de resolución que aprueba adecuaciones a la norma 'Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final', exposición de motivos e informes de la Gerencia de Regulación de Tarifas, en el portal de internet de OSINERGMIN-RESOLUCION-Nº 141-2018-OS/CD

Fecha de disposición12 Septiembre 2018
Fecha de publicación12 Septiembre 2018

Disponen publicar proyecto de resolución que aprueba adecuaciones a la norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final”, exposición de motivos e informes de la Gerencia de Regulación de Tarifas, en el portal de internet de OSINERGMIN

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN Nº 141-2018-OS/CD

Lima, 10 de setiembre de 2018.

CONSIDERANDO:

Que, en el literal c) del numeral 3.1 del Artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada de los Servicios Públicos, se establece que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, en el Artículo 21 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se precisa que corresponde a Osinergmin dictar de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podrán definir los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios;

Que, atendiendo el principio de transparencia que rige el accionar del Regulador, y de conformidad con el Artículo 14 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia...

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