RESOLUCION, N° 1162-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Nueva Arica, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque-RESOLUCION-N° 1162-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2018

Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Nueva Arica, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque

RESOLUCIÓN Nº 1162-2018-JNE

Expediente Nº ERM.2018020549

NUEVA ARICA - CHICLAYO - LAMBAYEQUE

JEE CHICLAYO (ERM. 2018005889)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintiséis de julio de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por José Sosa Alcántara, personero legal titular de la organización política Solidaridad Nacional, en contra de la Resolución Nº 00704-2018-JEE-CHYO/JNE, del 7 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, en el extremo que declaró improcedente la inscripción de Augusto Casinaldo Rivas Becerra, candidato a la alcaldía, de la Municipalidad Distrital de Nueva Arica, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Con fecha 18 de junio de 2018 (fojas 2), José Luis Sosa Alcántara, personero legal titular de la organización política Solidaridad Nacional, presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Nueva Arica, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.

Así, el Jurado Electoral Especial de Chiclayo (en adelante, el JEE), mediante la Resolución Nº 00544-2018-JEE-CHYO/JNE, de fecha 30 de junio de 2018 (fojas 24 a 26), calificó la solicitud de inscripción de candidatos, en su artículo primero, admitió a trámite la lista de candidatos para el referido concejo distrital.

El 26 de junio de 2018, Norvil Eloy Barreda Vidarte presentó “Carta de Referencia” (fojas 30 y 31), en la cual informa que el candidato a alcalde Augusto Casinaldo Rivas Becerra está impedido de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por haber sido sentenciado por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Supra Provincial de Chiclayo y Ferreñafe, como autor del delito de Peculado de Uso, por lo cual se le aplica al candidato en mención lo estipulado en el artículo 8, literal h, de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM).

El 7 de junio de 2018, el secretario jurisdiccional del JEE informó que, por motivo de la excesiva carga de expedientes ingresados para calificación de inscripción de lista, no pudo revisar con antelación el escrito presentado por Norvil Eloy Barreda Vidarte y, recién realizó la valoración del...

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