RESOLUCION, N° 0920-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a regidor de la Municipalidad Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho-RESOLUCION-N° 0920-2018-JNE

Fecha de disposición22 Agosto 2018
Fecha de publicación22 Agosto 2018
SecciónSección Única

Confirman resolución en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a regidor de la Municipalidad Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho

RESOLUCIÓN N° 0920-2018-JNE

Expediente N° ERM.2018020274

TAMBO–LA MAR–AYACUCHO

JEE HUAMANGA (ERM.2018015665)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diecinueve de julio de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Próspero Soto Baez, personero legal titular del partido político Alianza para el Progreso, contra la Resolución N° 00550-2018-JEE-HMGA/JNE, de fecha 4 de julio de 2018, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato Máximo Victoriano Navarro Torres para el cargo de regidor del Concejo Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, Próspero Soto Baez, personero legal titular del partido político Alianza para el Progreso, reconocido ante el Jurado Electoral Especial de Huamanga (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho (fojas 2).

Mediante la Resolución N° 00377-2018-JEE-HMGA/JNE, del 28 de junio de 2018 (fojas 11 y 12), el JEE declaró inadmisible la solicitud de inscripción de lista de candidatos al advertir lo siguiente:

De la Hoja de Vida de los candidatos, Máximo Victoriano Navarro Torres y Romia Lizarbe Ccaccro, se advierte que estos registran sentencias por Peculado y Falsedad Genérica, respectivamente. Siendo ello así, a efectos de verificar que los mencionados candidatos no se encuentran impedidos en una de las causales previstas en el artículo 8° de la Ley de Elecciones Municipales, la organización política debe remitir copia legalizada de las sentencias debidamente consentida y/o ejecutoriada; y/o, copia autenticada de la resolución que lo declara rehabilitado.

El partido político Alianza para el Progreso, mediante escrito de fecha 2 de julio de 2018 (fojas 18) presentó documentos para levantar las observaciones advertidas por el JEE, anexando documento de rehabilitación y restitución a los derechos suspendidos del candidato Máximo Victoriano Navarro Torres.

Con fecha 4 de julio de 2018 (fojas 24 a 27), el JEE, mediante la Resolución N° 00550-2018-JEE-HMGA/JNE, declaró improcedente la solicitud de inscripción de Máximo Victoriano Navarro Torres, postulante a regidor del Concejo Distrital de Tambo, con base en los siguientes fundamentos:

  1. El candidato Máximo Victoriano Navarro Torres fue condenado por el delito contra la Administración Pública en su modalidad de Peculado en agravio de la Unidad de Servicios Educativos de Vilcashuamán y el Estado, y pese a encontrarse rehabilitado conforme se tiene de la Resolución S/N, de fecha 4 de setiembre de 2009, del Juzgado Mixto de la provincia de Vilcashuamán, el candidato se encuentra impedido para postular en las elecciones municipales, conforme se tiene del literal e del artículo 22 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolución N° 0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento)...

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