DECRETO SUPREMO, N° 020-2018-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Decreto Supremo que declara de interés nacional y necesidad pública el diseño, desarrollo e implementación del Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero-Energéticas-DECRETO SUPREMO-N° 020-2018-EM

Fecha de disposición02 Agosto 2018
Fecha de publicación02 Agosto 2018

Decreto Supremo que declara de interés nacional y necesidad pública el diseño, desarrollo e implementación del Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero-Energéticas

DECRETO SUPREMO

Nº 020-2018-em

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 58 de la Constitución Política del Perú, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de, entre otros, servicios públicos e infraestructura;

Que, de conformidad con la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, este Ministerio ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y minería; asimismo, tiene entre sus funciones promover la inversión sostenible y las actividades del sector;

Que, con la finalidad de promover el desarrollo de las actividades minero energéticas de forma sostenible, es necesario declarar de interés nacional y necesidad pública el diseño, desarrollo e implementación del Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero – Energéticas, como un espacio en el que se comparta y promueva el ejercicio de buenas prácticas en los sectores energía y minas, así como una plataforma de diálogo y discusión técnica de alto nivel para arribar a consensos en pro de un mejor aprovechamiento de los recursos minero energéticos en favor del desarrollo del país;

Que, las propuestas normativas que incorporen las categorías de necesidad pública e interés nacional deben tener como objetivo el bienestar de la sociedad y reconducir a la satisfacción de los derechos fundamentales, lo cual tendrá como fin último la protección de la dignidad de la persona humana;

De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 3) del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1 Declaración de interés nacional y necesidad pública

Declárese de interés nacional y necesidad pública el diseño, desarrollo e implementación del Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero – Energéticas, como un espacio en el que se comparta y promueva el ejercicio de buenas prácticas en los sectores energía y minas, así como una plataforma de diálogo y...

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