RESOLUCION, Nº 019-2018-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Incorporan párrafo final a la quinta disposición complementaria transitoria del Reglamento de Agentes de Intermediación-RESOLUCION-Nº 019-2018-SMV/01

EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018

Lima, 22 de mayo de 2018

VISTOS:

El Expediente N° 2018019518 y el Informe Conjunto N° 544-2018-SMV/06/10 del 15 de mayo de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; así como el proyecto de modificación de la quinta disposición complementaria transitoria del Reglamento de Agentes de Intermediación;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores–SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y sus modificatorias (en adelante, la Ley Orgánica de la SMV), esta Superintendencia está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos;

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la SMV, corresponde a su Directorio aprobar la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales o jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, mediante Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01 se aprobó el Reglamento de Agentes de Intermediación, el cual establece las disposiciones aplicables a los agentes de intermediación a que se refiere el Título VII de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias, así como las disposiciones relativas a la actividad de intermediación de las personas que se relacionan directa o indirectamente con dicha actividad;

Que, la quinta disposición complementaria transitoria del Reglamento de Agentes de Intermediación, relativa a la autorización de representantes, establece un régimen temporal para la adecuación de los representantes que vienen operando en el mercado a los requerimientos del reglamento;

Que, con la finalidad de que los representantes con determinada experiencia en el mercado de valores puedan continuar operando, sin perjuicio de...

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