ORDENANZA, Nº 339-MDPP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA - Otorgan Beneficios Tributarios y No Tributarios “Deuda Cero” a favor de contribuyentes del distrito-ORDENANZA-Nº 339-MDPP

Fecha de publicación16 Mayo 2018
Fecha de disposición16 Mayo 2018

Otorgan Beneficios Tributarios y No Tributarios “Deuda Cero” a favor de contribuyentes del distrito

Ordenanza Nº 339-MDPP

Puente Piedra, 8 de mayo del 2018

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PUENTE PIEDRA

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 08 de Mayo del 2018, el Proyecto de Ordenanza que Otorga Beneficio Tributario y No Tributario “Deuda Cero”; estando con los informes técnicos de las áreas competentes, mediante el Informe N° 116-2018-GAT-MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum N° 875 -2018-GPP/MDPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 034-2018-GAJ-MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su Artículo 194°, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y la Ley N° 28607 concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, ( ... )” lo cual concordante con lo establecido en el Artículo 9° numeral 29) de la acotada norma, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas..”.

Que, el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (. . .)”.

Que, la Norma lV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, normado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: “Los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”.

Que, el...

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