RESOLUCION SUPREMA, Nº 113-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Crean la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la atención de víctimas del periodo de violencia 1980 - 2000 en temas de vivienda-RESOLUCION SUPREMA-Nº 113-2018-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2018

Lima, 8 de mayo de 2018

VISTOS, el Informe N° 748-2017-JUS/CMAN-ST-DCG, del Programa de Promoción y Facilitación al Acceso Habitacional de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel Encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional; y, el Oficio N° 095-2018-JUS/VMDHAJ, del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones-PIR, establece el marco normativo para la implementación de reparaciones a las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, y su inscripción en el Registro Único de Víctimas, excluyendo explícitamente como beneficiarios a los miembros de organizaciones subversivas y a las personas procesadas por los delitos de terrorismo o apología del terrorismo hasta la definición de su situación jurídica;

Que, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN, creada mediante el Decreto Supremo N° 011-2004-PCM, tiene por función diseñar la política nacional de paz, reconciliación y reparación colectiva, así como el seguimiento de las acciones y políticas del Estado en esta materia. Asimismo, de conformidad con el artículo 8 de la Ley Nº 28592, la CMAN es el órgano encargado de la elaboración de los Programas que componen el mencionado Plan Integral de Reparaciones;

Que, de conformidad con el artículo 95 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- MINJUSDH, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, la CMAN es un órgano adscrito al Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, y cuenta con una Secretaría Técnica como instancia de apoyo para el cumplimiento de sus funciones;

Que, una de las funciones del MINJUSDH es la formulación, ejecución y supervisión de las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, correspondiendo al Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia atender los asuntos relacionados a las reparaciones;

Que, literal f) del artículo 2 de la Ley Nº 28592 estableció el Programa de promoción y facilitación al acceso habitacional - PRAH;

Que, el artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por el Decreto Supremo 015-2006-JUS, señala que el objetivo del PRAH es otorgar facilidades para el acceso a la vivienda a las víctimas y/o a sus familiares que como producto del proceso de violencia perdieron sus viviendas o fueron desplazadas del lugar donde habitaban;

Que, la CMAN refiere que el Consejo de Reparaciones ha inscrito en el Registro Único de Víctimas – RUV, a 70,142 beneficiarios del PRAH y que, de dicho total, solo se han atendido a 2760 personas, es decir al 3,9% del universo total de víctimas;

Que, como se evidencia, la experiencia en la implementación de este programa ha mostrado diversas deficiencias y graves limitaciones que restringen tanto la posibilidad del Estado de cumplir debidamente su obligación, como la posibilidad de las víctimas de...

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