RESOLUCION, Nº 013-2018-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican e incorporan Anexo de Control 8 al Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación-RESOLUCION-Nº 013-2018-SMV/01

Fecha de disposición30 Abril 2018
Fecha de publicación03 Mayo 2018

Lima, 30 de abril de 2018

VISTOS:

El Expediente Nº 2018002313 y los Informes Conjuntos Nos. 78 y 472-2018-SMV/06/10/12/13 del 6 de febrero y 25 de abril de 2018, respectivamente, ambos emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo y la Superintendencia Adjunta de Riesgos; así como el Proyecto de Modificación del Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación (en adelante, el Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV (en adelante, Ley Orgánica), Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores;

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, de conformidad con los artículos 30 y 31 de la Ley de Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias (en adelante, LMV), corresponde a la SMV establecer las normas contables para la elaboración de los estados financieros y sus correspondientes notas de los emisores y demás personas naturales y jurídicas sometidas a su control y supervisión, así como la forma de presentación de tales estados; con excepción de las empresas bancarias, financieras y de seguros y otras reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – SBS, cuya información financiera se presenta de acuerdo con las disposiciones establecidas por la SBS;

Que, mediante Resolución SMV N° 012-2011-SMV/01 se aprobó el Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación, norma conforme a la cual los agentes de intermediación presentan su información financiera; y en la que se incorporaron Anexos de Control como información complementaria a los Estados Financieros con propósitos de supervisión y control;

Que, como parte del proceso de implementación de la supervisión basada en riesgos en la SMV, es necesario incorporar un Anexo de Control respecto a la composición de los ingresos operacionales de los agentes de intermediación, con el fin de identificar la exposición de dichos agentes en función de las líneas de negocio que desarrollan, y a la naturaleza, tamaño y complejidad de las operaciones que realizan; así...

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