RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 187-2018-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Establecen la cuota de captura del recurso bonito correspondiente al período 2018-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 187-2018-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2018

1 de mayo de 2018

VISTOS: El Oficio Nº 992-2017-IMARPE/DEC del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, y los Informes Nos. 118 y 143-2018-PRODUCE/DGPARPA-Dpo de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y el Informe Nº 480-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, y que en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, el artículo 9 de la Ley, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1027, dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; además, que los derechos administrativos otorgados se...

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