ORDENANZA, Nº 498/MM , GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Modifican la Ordenanza Nº 465/MM, que otorga beneficios tributarios extraordinarios para contribuyentes en situación de riesgo social-ORDENANZA-Nº 498/MM

EmisorMUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2018

Modifican la Ordenanza N° 465/MM, que otorga beneficios tributarios extraordinarios para contribuyentes en situación de riesgo social

ORDENANZA Nº 498/MM

Miraflores, 3 de abril de 2018

EL ALCALDE DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, asimismo, de acuerdo con la atribución prevista en el artículo 195, numeral 4, de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; atribución que se ejerce a través de ordenanzas municipales, de acuerdo a lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y el artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF;

Que, según el artículo 84, numerales 2.4 y 2.5 de la Ley Nº 27972, las municipalidades distritales, en materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos, ejercen funciones específicas exclusivas, entre otras, de organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo; así como de contribuir al diseño de políticas y planes de desarrollo social y protección y apoyo a la población en riesgo;

Que, mediante la Ordenanza Nº 465/MM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de julio de 2016, se aprobó beneficios tributarios extraordinarios para contribuyentes en situación de riesgo social, con la finalidad de facilitar el pago de las obligaciones tributarias a su cargo;

Que, al respecto la Gerencia de Administración Tributaria, mediante Informe Nº 082-2018-GAT/MM de fecha 09 de marzo de 2018, remite la propuesta elaborada por la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, contenida en el Informe Nº 1665-2018-SGROT-GAT/MM, en el que se sustenta la necesidad de...

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