RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 083-2018-VIVIENDA , PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Aprueban valor total de tasación de inmueble afectado por le ejecución del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Cieneguilla - distrito de Cieneguilla"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 083-2018-VIVIENDA
Emisor | VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO |
Fecha de la disposición | 5 de Marzo de 2018 |
Lima, 5 de marzo de 2018
VISTOS: La Carta N° 1834-2017-GG de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL; el Memorando N° 44-2018-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; y el Informe N° 114-2018-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, modificada por la Sétima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015”, declara de necesidad pública la ejecución del proyecto: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Cieneguilla – distrito de Cieneguilla” y, en consecuencia, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución;
Que, el Decreto Legislativo N° 1192, modificado por los Decretos Legislativos N° 1210 y Nº 1330, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política del Perú;
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba