RESOLUCION, Nº 006-2018-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Incorporan Primera Disposición Complementaria al Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima-RESOLUCION-Nº 006-2018-SMV/01

Fecha de publicación23 Febrero 2018
Fecha de disposición22 Febrero 2018

Lima, 22 de febrero de 2018

VISTOS:

El Expediente N° 2018005649 y el Memorándum Conjunto N° 0609-2018-SMV/06/10/12 del 14 de febrero de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo;

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado por Decreto Ley N° 26126, establece en su artículo 18 inciso b) que tratándose de los emisores, con excepción de los emisores en virtud de patrimonios autónomos, fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión, las contribuciones se fijan en proporción al total de los valores objeto de oferta pública sin exceder anualmente el uno por mil (0,001) de dicho monto;

Que, la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la SMV, aprobada por Resolución CONASEV N° 095-2000-EF/94.10, establece que tratándose de emisores, con excepción de emisores en virtud de patrimonios autónomos, fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión, la tasa de contribución mensual será de 0,0035 por ciento sobre el monto de la emisión de los valores inscritos, al cierre de cada mes para el caso el caso de valores representativos del capital social y de acciones de inversión;

Que, el artículo 1° de la Resolución CONASEV N° 096-2007-EF/94.01.1 estableció que el monto de la emisión inscrita para el cálculo de la contribución SMV para Empresas Junior se estima como el importe del cociente entre la cuenta capital social y el número de acciones obtenidos de los estados financieros disponibles de dichas empresas, multiplicado por el número de acciones en circulación registradas en la Bolsa de Valores de Lima (BVL);

Que, mediante el artículo 1° de la Resolución SMV N° 004-2014-SMV/01 se modificó el artículo 1° de la Resolución CONASEV N° 096-2007-EF/94.01.1 para incorporar, como criterio adicional para estimar la contribución...

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