RESOLUCION, Nº 06-2018-SUNAT/310000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican el Procedimiento Específico "Registro del Personal de los Operadores de Comercio Exterior", DESPA-PE.24.04 (versión 1)-RESOLUCION-Nº 06-2018-SUNAT/310000
Emisor | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
Fecha de la disposición | 1 de Febrero de 2018 |
Callao, 1 de febrero de 2018
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 37-2016-SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento específico “Registro del personal de los operadores de comercio exterior”, INTA-PE.24.04 (versión 1);
Que el numeral 46.1.5 del artículo 46 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, prohíbe solicitar a los administrados la presentación de documentos de identidad personal distintos al Documento Nacional de Identidad (DNI);
Que de acuerdo al citado procedimiento, el carné constituye un medio de identificación físico otorgado por la Administración al personal registrado por el operador de comercio exterior, por lo que corresponde dejar sin efecto su exigibilidad y toda regulación sobre el mismo;
Que mediante Decreto Supremo N° 198-2017-EF se modificó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, disponiendo el cambio de denominación y la creación de nuevas unidades orgánicas, por lo que se deben actualizar las denominaciones de las unidades orgánicas que intervienen en el presente proceso;
Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y norma modificatoria, se considera innecesaria la pre publicación de la presente resolución en la medida que se trata de una norma que beneficia a los operadores de comercio exterior al reducir requisitos y simplificar procedimientos aduaneros;
En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 245-D del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT, y Resolución de Superintendencia Nº 190-2017/SUNAT y a la Acción de Personal Encargatura Interina Nº 00022-2018-300000.
SE RESUELVE:
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