DECRETO SUPREMO, Nº 013-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018 a favor del Pliego Oficina Nacional de Procesos Electorales-DECRETO SUPREMO-Nº 013-2018-EF

Fecha de disposición29 Enero 2018
Fecha de publicación29 Enero 2018
SecciónSección Única

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se ha aprobado, el presupuesto institucional del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales;

Que, la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispuso que a partir de enero de 2017, la transferencia de la totalidad de los fondos a que hace referencia la Tercera Disposición Transitoria de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, y normas modificatorias se efectúe con cargo al presupuesto institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE y conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, quedando para tal efecto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE autorizada a otorgar, a partir de enero de 2017, en forma mensual, un doceavo de la totalidad de la subvención que le corresponde a cada partido político y alianza de partidos políticos beneficiarios, comprendidos en el marco de la Ley N° 28094;

Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2017-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 14 813 499,00) a favor del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, destinada al financiamiento de lo estipulado en la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518;

Que, la Centésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 autoriza a la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, en el Año Fiscal 2018, a pagar la totalidad de la subvención que le correspondió en el año 2017, en el marco de la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, a cada partido político y alianza de partidos políticos beneficiarios, comprendidos en el marco de la Ley N° 28094 y normas modificatorias, o de haberse efectuado alguno de los pagos mensuales a los que se refiere el segundo párrafo de la citada Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final, se autoriza a la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE a pagar la diferencia que correspondiera para completar el pago que se debió efectuar en el Año Fiscal 2017, hasta el 30 de junio de 2018...

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