ORDENANZA, Nº 022-2017-MDCLR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - Establecen régimen tributario de los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, para el Ejercicio 2018-ORDENANZA-Nº 022-2017-MDCLR

Fecha de disposición26 Enero 2018
Fecha de publicación26 Enero 2018

Carmen de la Legua Reynoso, 29 de diciembre del

2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO

POR CUANTO:

Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 005-2017, celebrada en la fecha, el Informe Nº 181-2017-GAT/MDCLR sobre el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2018, en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y sus concejos municipales tienen potestad normativa.

Que, el artículo 74 de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley;

Que, el numeral 8, del artículo 9 de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por las que se crean, modifican...

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