RESOLUCION, Nº 5044-2017, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficina especial en el departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 5044-2017

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2017

Lima, 29 de diciembre de 2017

LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

VISTA:

La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A. para que se le autorice la apertura de una (1) oficina especial según se indica en la parte resolutiva; y,

CONSIDERANDO:

Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013;

RESUELVE:

Artículo Único Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de la siguiente oficina especial:

• Av...

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