RESOLUCION SUPREMA Nº 290-2017-JUS - Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados, quienes se encuentran recluidos en diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2017

Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados, quienes se encuentran recluidos en diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 290-2017-jus

Lima, 29 de diciembre de 2017

VISTAS, las solicitudes de conmutación de la pena, presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales, según los Informes de los Expedientes, que fueron evaluados en las sesiones del 20 de junio de 2017, 10 de julio de 2017, 18 de julio de 2017, 26 de setiembre de 2017 y 28 de diciembre de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú señala que corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas;

Que, la conmutación de la pena es la potestad del presidente de la República para reducir la pena privativa de libertad impuesta, a un quantum menor;

Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, así como los certificados de estudios y/o trabajo respectivos y conforme a los requisitos establecidos en los artículos 26 y 30 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena;

Que, de la documentación presentada por los solicitantes se advierte, no solamente el cumplimiento de los requisitos formales, sino también la manifiesta conducta de responsabilidad en cuanto al delito cometido, que tienen buen entorno familiar y que tienen condiciones favorables de reinserción social, por lo que resulta conveniente coadyuvar a su debida protección y atención mediante la conmutación de la pena;

De conformidad con los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el Decreto Supremo N° 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales y la Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales;

SE...

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