DECRETO DE ALCALDIA, Nº 19-2017-MSS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 571-MSS, que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial - "CAMPAÑA RESTE"-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 19-2017-MSS

Fecha de disposición14 Diciembre 2017
Fecha de publicación29 Diciembre 2017

Santiago de Surco, 14 de diciembre de 2017

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

VISTOS: El Memorándum Nº 626-2017-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, y el Informe Nº 996-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 571-MSS, que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial – “Campaña Reste”; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 571-MSS, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03.11.2017, se estableció el Régimen de Saneamiento Tributario Especial – “Campaña Reste”, el mismo que inicialmente tiene vigencia hasta el 29 de diciembre de 2017;

Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 571-MSS faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar su vigencia;

Que, mediante Memorándum Nº 626-2017-GAT-MSS, la Gerencia de Administración...

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