RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 1225-2017 MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Prorrogan plazo para el control y fiscalización en rutas fiscales, establecido en la R.M. Nº 350-2013-MTC/02-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 1225-2017 MTC/01.02

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2017

Lima, 26 de diciembre de 2017

VISTOS: El Oficio N° 037-2017-SUNAT/700000, de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria que contiene el Informe N° 16-2017-SUNAT/7C0000; el Memorándum N° 1834-2017-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles que contiene el Informe N° 593-2017-MTC/14.07; el Memorándum N° 2558-2017-MTC/15 de la Dirección General de Transporte Terrestre que contiene el Informe N° 1013-2017 MTC/15.01; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1103 tiene por objeto establecer medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal; asimismo, define como ruta fiscal a la vía de transporte de uso obligatorio autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el traslado de insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal;

Que, el citado Decreto Legislativo señala en la Segunda Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, a propuesta de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, establece mediante Resolución Ministerial las vías de transporte que serán consideradas como Rutas Fiscales;

Que, el Decreto Legislativo N° 1107 tiene por objeto establecer medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal, así como de los productos mineros obtenidos en dicha actividad; el MTC, a propuesta de la SUNAT establece mediante Resolución Ministerial las vías de transporte que son consideradas como rutas fiscales, de acuerdo a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo;

Que, el Decreto Legislativo N° 1126 tiene por objeto establecer las medidas para el registro, control y fiscalización de los bienes fiscalizados que, directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas; define como ruta fiscal a la vía de transporte de uso obligatorio autorizada por el MTC a propuesta de la SUNAT para el traslado de insumos químicos, productos, maquinarias y equipos;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 350-2013-MTC/02, modificada por la Resolución Ministerial N°...

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