RESOLUCION, Nº 4710-2017-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Convierten fiscalía en Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y emiten otras disposiciones-RESOLUCION-Nº 4710-2017-MP-FN

Fecha de publicación24 Diciembre 2017
Fecha de disposición24 Diciembre 2017
MateriaDerecho Procesal
20 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2017 /
El Peruano
delito, además de defender a la sociedad y las demás
que le señalan la Constitución Política del Perú y el
ordenamiento jurídico de la Nación;
Que, el numeral 1 del artículo 173 del Nuevo Código
Procesal Penal establece que “La pericia procederá
siempre que, para la explicación y mejor comprensión de
algún hecho, se requiera conocimiento especializado de
naturaleza cientíca, técnica, artística o de experiencia
calicada”, indicándose en el numeral 2 del Artículo 174º
del referido Código que “La labor pericial se encomendará,
sin necesidad de designación expresa, (...) al Instituto de
Medicina Legal, así como a los organismos del Estado que
desarrollan labor cientíca o técnica, (...)”, procedimiento
que se encuentra normado a través de la Directiva
Nº 08-2012-MP-FN “El Ofrecimiento y la actuación de
la Prueba Pericial”, aprobada por la Resolución de la
Fiscalía de la Nación Nº 2015-2012-MP-FN de fecha 15
de agosto de 2012;
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 4035-2013-MP-FN del 09 de diciembre de 2013, fue
aprobado el Cuadro para Asignación de Personal del
Ministerio Público (CAP-MP) estableciéndose los cargos
estructurales de las unidades orgánicas existentes, el
mismo que fuera modicado, mediante Resolución de
la Fiscalía de la Nación Nº 3757-2016-MP-FN del 31
de agosto de 2016, en el extremo relativo al Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses incorporándose
el cargo nominativo de “Jefe” para el cargo estructural
previsto de médico, responsable funcional de la unidad
orgánica médico legal;
Que, en el Distrito de Bambamarca, de la Provincia
de Hualgayoc correspondiente al Distrito Fiscal de
Cajamarca se encuentran funcionando tres estamentos
jurisdiccionales: el Poder Judicial, la Policía Nacional
y Fiscalías Provinciales, esta última registrando un
promedio de casos vinculados a evaluación forense de
aproximadamente 27 casos por mes, los cuales deben
reportarse en otras localidades para su atención, por
lo cual mediante el Informe de vistos el Presidente de
Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de
Cajamarca, informa de la modalidad de Afectación
en Uso otorgada por la Municipalidad Provincial de
Hualgayoc de un inmueble para el funcionamiento de
una División Médico Legal de Hualgayoc-Bambamarca,
conforme se detalla en el “Convenio Interinstitucional
entre el Ministerio Público y la Municipalidad Provincial
de Hualgayoc-Bambamarca”, suscrito el 20 de setiembre
de 2017, a través del cual se podrá propiciar la atención
al usuario de la comunidad, caseríos y anexos, de los
exámenes médico legales solicitados por las autoridades
competentes;
Que, por lo expuesto resulta necesario prever la
creación de una División Médico Legal de nivel I en la
Provincia de Bambamarca, Distrito de Hualgayoc del
Distrito Fiscal de Cajamarca;
Estando a lo propuesto y contando con los vistos de
la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses, Gerencia General, Ocina Central de
Planicación y Presupuesto; Ocina de Racionalización y
Estadística y de la Ocina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º
mediante Decreto Legislativo Nº 052 y a lo establecido
en el numeral 4.2 de acápite 4 de la Directiva
002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del
proceso de administración de puestos y elaboración y
aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”,
aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
304-2015-SERVIR-PE y modicada por Resolución de
Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CREAR e incorporar en el Cuadro
para Asignación de Personal del Ministerio Público (CAP-
MP) aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de
la Nación Nº 4035-2013-MP-FN la DIVISIÓN MÉDICO
LEGAL I DE HUALGAYOC-BAMBAMARCA como órgano
de línea de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina
Legal y Ciencias Forenses, estableciendo la previsión de
los siguientes cargos:
División Médico Legal I de Hualgayoc-Bambamarca
Jefe 1
Médico 2
Psicólogo 1
Asistente Médico Legal 1
Total 5
Artículo Segundo.- La previsión de los cargos en
el Presupuesto Analítico de Personal (PAP-MP) creados
en el artículo precedente, se supeditarán a la respectiva
disponibilidad presupuestaria.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Ocina Central
de Tecnologías de la Información publique la presente
Resolución en la intranet y página web de la Institución,
para su respectiva difusión.
Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente
Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, a la
Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses, Gerencia General, Ocina Central
de Planicación y Presupuesto, Ocina Central de
Tecnologías de la Información y a la Ocina de Asesoría
Jurídica para los nes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1600230-1
Convierten fiscalía en Fiscalía Suprema
Transitoria Especializada en Delitos
Cometidos por Funcionarios Públicos y
emiten otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4710 -2017-MP-FN
Lima, 22 de diciembre de 2017
VISTOS y CONSIDERANDO:
Que, con ocio 536-2017-MP-FN-FSCA e
informe 01-2017-MP-FN-FSCI, el doctor Jesús
Eliseo Martín Fernández Alarcón, Fiscal Supremo
Provisional de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso
Administrativo, solicita la creación del Área Penal de
la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo,
fundamentando su requerimiento en las competencias
dispuestas en mérito a las Resoluciones de la Fiscalía
de la Nación N° 1116-2007-MP-FN, N° 38-2012-MP-
FN y N° 727-2012-MP-FN, de fechas 21 de setiembre
de 2007, 10 de enero de 2012 y 21 de marzo de 2012,
respectivamente; precisando que actualmente existe la
necesidad de formalizar la existencia de la mencionada
Área Penal, como consecuencia del encargo de conocer
los casos penales contra determinados altos funcionarios
con prerrogativa de aforamiento, así como por la necesidad
de organizar la estructura y adaptar los métodos de
trabajo a tales exigencias del servicio, principalmente
por cuanto los instrumentos de organización institucional
(CAP, entre otros) no consideran su existencia y por ende
no aparecen en la estructura organizativa las plazas de
personal scal y administrativo que se destinan a cubrir
las necesidades de dicha Área. Finalmente, en el numeral
5. del citado informe, se concluye que la carga que viene
afrontando la referida Área, en la mayoría de los casos
se encuentra judicializada y en otros, están por entrar en
etapa de juzgamiento.
Que, a través del informe N° 17-2017-MP-FN-ETI-
NCPP/ST, de fecha 17 de agosto de 2017, el Secretario
Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para
la Implementación del Código Procesal Penal, sustenta
que frente a la necesidad organizacional y funcional
que presenta la Fiscalía Suprema en lo Contencioso
Administrativo, desde que viene conociendo casos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR