DECRETO SUPREMO, Nº 371-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban la modificación del Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y sustituyen la Tabla Aduanera del Arroz-DECRETO SUPREMO-Nº 371-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 0016-91-AG y Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se estableció el Sistema de Franja de Precios;

Que, en el Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecieron los productos marcadores, mercados y fuentes de referencia del maíz, arroz, azúcar y productos lácteos;

Que, con Decreto Supremo Nº 186-2017-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017;

Que, en el marco de la Política Arancelaria se ha efectuado la revisión y evaluación del Sistema de Franja de Precios, y se ha visto por conveniente continuar con el proceso de perfeccionamiento del referido Sistema;

Que, de acuerdo a la evaluación realizada, es necesario establecer un nuevo mercado de referencia para el arroz blanco, sustituir la Tabla Aduanera del Arroz aprobada por el Decreto Supremo Nº 186-2017-EF y disponer otras modificaciones al referido Sistema;

De conformidad con lo establecido en el artículo 74 y el inciso 20) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25896;

DECRETA:

Artículo 1º Sustitución del numeral 2 del Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF

Sustitúyase el numeral 2 del Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF conforme al texto siguiente:

2. Franja de Arroz

Producto marcador: Arroz blanco (subpartida 1006.30.00.00).

Mercado de referencia: Arroz uruguayo blanco, bien elaborado, grano largo, máximo 5% partido, cotizaciones semanales. Fuente Creed Rice.

Artículo 2º Sustitución de la Tabla Aduanera del Arroz

Sustitúyase la Tabla Aduanera del Arroz, aprobada por el Decreto Nº 186-2017-EF, por la Tabla Aduanera que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 3º Vigencia de la Tabla Aduanera del Arroz

La Tabla Aduanera del Arroz aprobada por el artículo anterior tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2018.

Artículo 4º Modificación del primer párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 103-2015-EF

Modifíquese el primer...

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