RESOLUCION, Nº 0273-2016/SDC-INDECOPI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Declaran como barreras burocráticas ilegales diversas medidas dispuestas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo-RESOLUCION-Nº 0273-2016/SDC-INDECOPI

Fecha de disposición21 Diciembre 2017
Fecha de publicación21 Diciembre 2017
SecciónSección Única

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:

Sala Especializada en Defensa de la Competencia

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:

24 de mayo de 2016

ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Municipalidad Distrital de Carabayllo

NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por la Ordenanza Nº 243-2011-A-MDC, publicado en su Portal Institucional de la entidad denunciada y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE).

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO:

Resolución Nº 0429-2015/CEB-INDECOPI del 12 de octubre de 2015

BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

  1. Los requisitos que se detallan a continuación, exceden los requisitos máximos previstos para la tramitación de los procedimientos de edificación bajo las Modalidades A, B, C y D, por lo que contravienen el artículo 25 de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, así como los artículos 47, 50, 51 y 52 del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación (vigentes al momento de emisión de la decisión):

    1. En los procedimientos de obtención de la “Licencia de Edificación – Modalidad A, ampliación de una vivienda unifamiliar cuya edificación original cuente con licencia de construcción o declaratoria de fábrica y/o edificación, y la sumatoria del área construida de ambas no supere los 200 m2”, “Licencia de Edificación – Modalidad A, remodelación de una vivienda unifamiliar sin modificación estructural, ni cambio de uso, ni aumento de área construida” y “Licencia de Edificación – Modalidad A, ampliaciones consideradas obras menores según lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones, la exigencia de presentar “copia literal de la inscripción de la declaratoria de edificación y/o fábrica junto con los planos respectivos. De haber sido emitidos por otra entidad, copia de la Licencia y/o Conformidad o Finalización de Obra con los planos correspondientes”.

    2. En el procedimiento de obtención de la “Licencia de Edificación – Modalidad A, demolición total de edificaciones menores de 5 pisos de altura, siempre que no requieran el uso de explosivos, la exigencia de presentar lo siguiente:

      B.1. “Copia literal de la inscripción de la declaratoria de edificación y/o fábrica junto con los planos respectivos. De haber sido emitidos por otra entidad, copia de la Licencia y/o Conformidad o Finalización de Obra con los planos correspondientes”.

      B.2. La Licencia y/o Conformidad o Finalización de Obra, así como los planos de ubicación, localización y de planta del levantamiento de la edificación, en el supuesto de que la fábrica no se encuentre inscrita.

    3. En el procedimiento de obtención de la “Licencia de Edificación – Modalidad A, construcción de cercos de más de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, de...

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