RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 023-2017-EF/50.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Establecen que la Dirección General de Presupuesto Público emite pronunciamiento correspondiente para aquellas solicitudes que se hayan recepcionado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales hasta el 27 de diciembre de 2017, en el marco de la Directiva Nº 001-2010-EF/76.01 y la Ley Nº 28411-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 023-2017-EF/50.01

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2017

Lima, 12 de diciembre de 2017

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, entre otros, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, incorporan en su presupuesto institucional la mayor disponibilidad financiera de los fondos públicos que financian el presupuesto de dichas entidades;

Que, para el Año Fiscal 2017 el plazo para que las citadas entidades planteen sus solicitudes de informe previo favorable venció el mes de noviembre de 2017, en el marco de lo establecido en el segundo párrafo del literal b) numeral 17.2 del artículo 17 de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial y modificatorias;

Que, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS viene efectuando transferencias financieras a determinadas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), destinadas al financiamiento de capacidades que incluyen la gestión empresarial, la gestión económico financiera y la gestión técnico operativa, en el marco del numeral 43.2 del artículo 43 del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, y sujetándose a lo establecido en los numerales 15.2 y 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, las mismas que corresponden ser incorporadas en el presupuesto institucional de cada EPS;

Que, las citadas EPS requieren continuar incorporando en sus presupuestos institucionales las mencionadas transferencias financieras, legalmente aprobadas, acorde a la normatividad que rige la aprobación de modificaciones presupuestales en el nivel institucional;

Que, en consecuencia, se hace necesario establecer un nuevo plazo para que los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos...

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