ORDENANZA, Nº 277-GRJ/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN - Aprueban el CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Junín, diversas Unidades Ejecutoras y Redes de Salud-ORDENANZA-Nº 277-GRJ/CR

Fecha de disposición03 Noviembre 2017
Fecha de publicación03 Noviembre 2017

Aprueban el CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Junín, diversas Unidades Ejecutoras y Redes de Salud

ORDENANZA REGIONAL Nº 277-GRJ/CR

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL JUNÍN

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los diecisiete días del mes de octubre de 2017, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en el inciso 1) del Artículo 192º del mismo cuerpo de leyes, dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1272, señala que, según el Principio de Legalidad, las autoridades administrativas deben actuar con respecto a la Constitución, la Ley y el Derecho, dentro de las facultades que le están atribuidas y de acuerdo a los fines para los que le fueron conferidas;

Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM- Normas para la formulación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, ha sido derogado expresamente por el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, mediante el cual se aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057-Ley del Servicio Civil, publicado el 13 de junio de 2014, en Diario Oficial “EL PERUANO”, siendo así es de advertirse que el proyecto de CAP - Provisional está acorde con la normativa legal vigente;

Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, ha sido modificado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que aprueba las modificaciones a la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH;

Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, modificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, expone:

(…)

4.2 RESPONSABILIDADES

4.2.1. La oficina de recursos humanos de la entidad, o la que haga sus veces, elabora la propuesta de CPE y el Informe técnico sustentatorio y, una vez aprobado, los administra.

4.2.2. La oficina de Planeamiento y presupuesto de la entidad, o la que haga sus veces, apoya el proceso de elaboración de CPE en lo referido al alineamiento de puestos a los órganos y unidades orgánicas de la estructura orgánica de la entidad y visa el informe técnico sustentatorio del CPE.

4.2.3. El titular de la entidad o el titular del órgano competente para aprobar los instrumentos de gestión conforme a la normativa de creación o reglamentaria de la entidad, aprueba la propuesta de CPE y la remite a SERVIR; así como las propuestas de modificación del CPE de corresponder. También, aprueba el Registro de Servidores Civiles de Confianza y sus actualizaciones (…)

(…)

Anexo Nº 4

Sobre el CAP - Provisional

(…)

  1. Elaboración del CAP - Provisional

    2.1 La elaboración del CAP - Provisional de las entidades de los tres niveles de gobierno es responsabilidad de la oficina de recursos humanos, o quien haga sus veces, con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización o del que haga sus veces.

    (…)

  2. Sobre la aprobación del CAP - Provisional, modificado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que aprueba las modificaciones a la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH

    4.2 La aprobación del CAP - Provisional de las entidades se realiza como sigue y solo si se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 1 del presente anexo:

    (…)

    Por Ordenanza Regional

    Gobierno regional, sus programas y proyectos adscritos y las empresas pertenecientes al Gobierno Nacional.

    (…)

    Que, conforme se encuentra establecido en la Segunda Disposición Transitoria de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº28411 se establece que la entidad, mediante la resolución de su titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal - PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, sobre su viabilidad presupuestal. La cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, se autoriza previa opinión favorable de la oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y en su caso, de la Unidad Ejecutora respectiva, que garantice la existencia de los fondos públicos en el grupo genérico vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el periodo que dure el contrato y la relación laboral. Las acciones que contravengan lo establecido en el presente numeral devienen en nulas, sin perjuicio de la responsabilidad del titular de la Entidad, así como del funcionario que aprobó tal acción. En dicho orden de ideas se observa que el proyecto de CAP - Provisional de la CAP - Provisional de la Dirección Regional de Salud Junín, Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, Hospital Regional Docente Materno Infantil “El Carmen”, Red de Salud Jauja y Hospital “Domingo Olavegoya”, Red de Salud Tarma y Hospital “Félix Mayorca Soto”, Red de Salud Chanchamayo y Hospital Regional Docente de Medicina Tropical Julio C. Demarini, Red de Salud Satipo y Hospital “Manuel A. Higa Arakaki”, Red de Salud Junín y Hospital de Apoyo Junín, Red de Salud Valle del Mantaro, Red de Salud Pichanaki y Hospital de Apoyo Pichanaki, Red de Salud San Martín de Pangoa, Hospital de Apoyo San Martin de Pangoa y Red de Salud Chupaca;

    NOMBRAMIENTO 2017 PERSONAL DE SALUD

    Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 044-2017-MINSA, se aprueban los “Lineamientos para la composición del 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, en el marco del nombramiento dispuesto en la Ley Nº 30518- Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017;

    Que, respecto se debe tener presente que, conforme a lo prescrito por el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala con relación a la anualidad, que el presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el año calendario. Durante dicho período se afectan los ingresos percibidos dentro del año fiscal, cualquiera sea la fecha en los que se hayan generado, así como los gastos devengados que se hayan producido con cargo a los respectivos créditos presupuestarios durante el año fiscal;

    Encontrándonos en un nuevo año fiscal (2017), por ende bajo los alcances de la Ley Nº 30518- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Se debe tener presente lo prescrito por el literal g) del numeral 8.1) del artículo 8º, que señala:

    El nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153

    .

    Asimismo, se debe tener presente lo prescrito en el numeral 8.8) del artículo 8º de la Ley Nº 30518, que señala:

    Para la aplicación de los casos de excepción establecidos desde el literal a) hasta el literal j), es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP - Provisional) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), según corresponda, registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificación del crédito presupuestario

    .

    Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, modificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, expone en su anexo 4:

    (…)

Anexo Nº 4

Sobre el CAP Provisional

  1. Supuestos para la elaboración del CAP - Provisional

Los únicos supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP - Provisional son:

(…)

1.2 Aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP - Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual d Presupuesto del Sector Público. En este contexto de excepción, de igual manera estas entidades podrán hacer ajuste a su CAP - Provisional en el año fiscal.

INCORPORACIÓN DE CARGOS

Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, modificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, expone en su anexo 4:

(…)

Anexo Nº 4

Sobre el CAP Provisional

  1. Supuestos para la elaboración del CAP Provisional

    Los únicos supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro de Asignación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR