RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 578-2017-MTC/12, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan a STAR UP S.A., Permiso de Operación para realizar el servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo en el ámbito Internacional-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 578-2017-MTC/12
Emisor | TRANSPORTES Y COMUNICACIONES |
Fecha de la disposición | 28 de Octubre de 2017 |
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NORMAS LEGALES
Sábado 28 de octubre de 2017
El Peruano
/
PE-3S X
Trayectoria: Emp. PE-3S F (Progreso) - Dv. Matara -
Dv. Pamputa - Emp PE-3S F (Dv. Quehuira);
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°
29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de
Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo
N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 017-2007-
MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reclasicación denitiva de Rutas
Vecinales o Rurales y Rutas Departamentales o
Regionales de la Red Vial del Departamento de
Apurímac como Ruta Nacional
Reclasicar, de manera denitiva, la Ruta
Departamental o Regional N° AP-112 en el tramo: Emp.
PE-3S F (Progreso) - Emp AP-901 (Dv. Progreso), la Ruta
Vecinal o Rural Nº AP-901 en el tramo: Emp. AP-112 (Dv.
Progreso) - Palca Grande - Emp. AP-954 (Dv. Matara) y la
Ruta Nº AP-954 de Trayectoria: Emp. PE-3S F (Quehuira)
- Antuyo - Contahuiri - Huancuire - Pamputa - Emp. AP-
901, como Ruta Nacional, asignándole el código N° PE-
3S X, con las trayectoria siguiente:
PE-3S X
Trayectoria: Emp. PE-3S F (Progreso) - Dv. Matara -
Dv. Pamputa - Emp PE-3S F (Dv. Quehuira).
Artículo 2.- Actualización del Mapa Vial del Sistema
Nacional de Carreteras - SINAC
Disponer que la Dirección General de Caminos
y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial conforme a lo
dispuesto en la presente Resolución Ministerial, en el
Clasicador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras
- SINAC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1581363-1
Otorgan a STAR UP S.A., Permiso de
Operación para realizar el servicio de
Transporte Aéreo Regular de pasajeros,
carga y correo en el ámbito Internacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 578-2017-MTC/12
Lima, 18 de setiembre del 2017
VISTO: La solicitud de STAR UP S.A. sobre Permiso
de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular
Internacional de pasajeros, carga y correo.
CONSIDERANDO:
Que, con documento de Registro Nº T-174136-2017
del 07 de julio de 2017, STAR UP S.A. solicitó Permiso de
Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo
Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el
plazo de cuatro (04) años;
Que, STAR UP S.A. cuenta con el Certicado
de Explotador de Servicios Aéreos Nº 008 y sus
Especicaciones de Operación respectivas;
Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección
General de Aeronáutica Civil es competente para
otorgar, modicar, suspender y revocar los Permisos de
Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente
procedimiento mediante la expedición de la Resolución
Directoral respectiva;
Que, la Administración, en aplicación del principio de
presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas
y la presentación de documentos por parte del interesado,
tomándolos por ciertos, vericando posteriormente la
validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único
Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto
Que, según los términos del Memorando N° 958-2017-
MTC/12.LEG, Memorando Nº 107-2017-MTC/12.POA,
Memorando Nº 409-2017-MTC/12.07.CER, Memorando
N° 434-2017-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 119-2017-
MTC/12.07.PEL e Informe Nº 441-2017-MTC/12.07,
emitidos por las áreas competentes de la Dirección General
de Aeronáutica Civil, los cuales forman parte integrante de
la presente Resolución Directoral conforme a lo dispuesto
en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado
General, se considera pertinente atender lo solicitado,
al haber cumplido la recurrente con lo establecido en
Reglamento y demás disposiciones legales vigentes;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley
de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás
disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable
de las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo1.- Otorgar a STAR UP S.A., Permiso de
Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a
partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución Directoral en el Diario Ocial “El Peruano”.
El presente Permiso de Operación tiene carácter
administrativo. Para realizar operaciones aéreas STAR
UP S.A. requiere el correspondiente Certicado de
Explotador, así como las Especicaciones Técnicas
de Operación, debiendo acreditar en estas etapas su
capacidad legal, técnica y económico-nanciera, con
arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación, y de
acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección
General de Aeronáutica Civil.
El Permiso de Operación está sujeto a las siguientes
características:
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo
Regular de pasajeros, carga y correo.
ÁMBITO DEL SERVICIO:
- Internacional.
RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS
AEROCOMERCIALES:
Con derechos de tráco de Tercera y Cuarta Libertad
del Aire:
- LIMA - BOGOTÁ Y VV., hasta siete (07) frecuencias
semanales.
- LIMA - SANTIAGO DE CHILE Y VV., hasta catorce
(14) frecuencias semanales.
- LIMA - PUNTA CANA Y VV., hasta catorce (14)
frecuencias semanales.
- LIMA - MIAMI Y VV., hasta catorce (14) frecuencias
semanales.
MATERIAL AERONÁUTICO:
- BOEING 737-300.
- BOEING 737-500.
- BOEING 737-700.
- BOEING 757-200.
- BOEING 757-300.
- BOEING 767-200.
- BOEING 767-300.
- BAE 146-100.
- BAE 146-200.
- BAE 146-300.
- CRJ-200.
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