RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 578-2017-MTC/12, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan a STAR UP S.A., Permiso de Operación para realizar el servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo en el ámbito Internacional-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 578-2017-MTC/12

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2017
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NORMAS LEGALES
Sábado 28 de octubre de 2017
El Peruano
/
PE-3S X
Trayectoria: Emp. PE-3S F (Progreso) - Dv. Matara -
Dv. Pamputa - Emp PE-3S F (Dv. Quehuira);
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°
29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de
Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo
N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 017-2007-
MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reclasicación denitiva de Rutas
Vecinales o Rurales y Rutas Departamentales o
Regionales de la Red Vial del Departamento de
Apurímac como Ruta Nacional
Reclasicar, de manera denitiva, la Ruta
Departamental o Regional N° AP-112 en el tramo: Emp.
PE-3S F (Progreso) - Emp AP-901 (Dv. Progreso), la Ruta
Vecinal o Rural Nº AP-901 en el tramo: Emp. AP-112 (Dv.
Progreso) - Palca Grande - Emp. AP-954 (Dv. Matara) y la
Ruta Nº AP-954 de Trayectoria: Emp. PE-3S F (Quehuira)
- Antuyo - Contahuiri - Huancuire - Pamputa - Emp. AP-
901, como Ruta Nacional, asignándole el código N° PE-
3S X, con las trayectoria siguiente:
PE-3S X
Trayectoria: Emp. PE-3S F (Progreso) - Dv. Matara -
Dv. Pamputa - Emp PE-3S F (Dv. Quehuira).
Artículo 2.- Actualización del Mapa Vial del Sistema
Nacional de Carreteras - SINAC
Disponer que la Dirección General de Caminos
y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial conforme a lo
dispuesto en la presente Resolución Ministerial, en el
Clasicador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras
- SINAC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1581363-1
Otorgan a STAR UP S.A., Permiso de
Operación para realizar el servicio de
Transporte Aéreo Regular de pasajeros,
carga y correo en el ámbito Internacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 578-2017-MTC/12
Lima, 18 de setiembre del 2017
VISTO: La solicitud de STAR UP S.A. sobre Permiso
de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular
Internacional de pasajeros, carga y correo.
CONSIDERANDO:
Que, con documento de Registro Nº T-174136-2017
del 07 de julio de 2017, STAR UP S.A. solicitó Permiso de
Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo
Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el
plazo de cuatro (04) años;
Que, STAR UP S.A. cuenta con el Certicado
de Explotador de Servicios Aéreos Nº 008 y sus
Especicaciones de Operación respectivas;
Que, en aplicación del artículo , literal g) de la Ley
General de Aeronáutica Civil es competente para
otorgar, modicar, suspender y revocar los Permisos de
Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente
procedimiento mediante la expedición de la Resolución
Directoral respectiva;
Que, la Administración, en aplicación del principio de
presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas
y la presentación de documentos por parte del interesado,
tomándolos por ciertos, vericando posteriormente la
validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único
Administrativo General, aprobado mediante Decreto
Que, según los términos del Memorando N° 958-2017-
MTC/12.LEG, Memorando Nº 107-2017-MTC/12.POA,
Memorando Nº 409-2017-MTC/12.07.CER, Memorando
N° 434-2017-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 119-2017-
MTC/12.07.PEL e Informe Nº 441-2017-MTC/12.07,
emitidos por las áreas competentes de la Dirección General
de Aeronáutica Civil, los cuales forman parte integrante de
la presente Resolución Directoral conforme a lo dispuesto
en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado
General, se considera pertinente atender lo solicitado,
al haber cumplido la recurrente con lo establecido en
Reglamento y demás disposiciones legales vigentes;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley
de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado
disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable
de las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo1.- Otorgar a STAR UP S.A., Permiso de
Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a
partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución Directoral en el Diario Ocial “El Peruano”.
El presente Permiso de Operación tiene carácter
administrativo. Para realizar operaciones aéreas STAR
UP S.A. requiere el correspondiente Certicado de
Explotador, así como las Especicaciones Técnicas
de Operación, debiendo acreditar en estas etapas su
capacidad legal, técnica y económico-nanciera, con
arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación, y de
acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección
General de Aeronáutica Civil.
El Permiso de Operación está sujeto a las siguientes
características:
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo
Regular de pasajeros, carga y correo.
ÁMBITO DEL SERVICIO:
- Internacional.
RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS
AEROCOMERCIALES:
Con derechos de tráco de Tercera y Cuarta Libertad
del Aire:
- LIMA - BOGOTÁ Y VV., hasta siete (07) frecuencias
semanales.
- LIMA - SANTIAGO DE CHILE Y VV., hasta catorce
(14) frecuencias semanales.
- LIMA - PUNTA CANA Y VV., hasta catorce (14)
frecuencias semanales.
- LIMA - MIAMI Y VV., hasta catorce (14) frecuencias
semanales.
MATERIAL AERONÁUTICO:
- BOEING 737-300.
- BOEING 737-500.
- BOEING 737-700.
- BOEING 757-200.
- BOEING 757-300.
- BOEING 767-200.
- BOEING 767-300.
- BAE 146-100.
- BAE 146-200.
- BAE 146-300.
- CRJ-200.

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