DECRETO SUPREMO, Nº 020-2017-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo-DECRETO SUPREMO-Nº 020-2017-TR

Fecha de disposición19 Octubre 2017
Fecha de publicación19 Octubre 2017
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29381 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias exclusivas y competencias compartidas con los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como las funciones y estructura orgánica básica del Ministerio;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que formaliza la estructura orgánica y contiene las funciones generales y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas de dicha entidad;

Que, la estructura orgánica se desarrolla hasta el tercer nivel organizacional, guardando equilibrio entre las necesidades de jerarquización de la autoridad y de coordinación entre los órganos y unidades orgánicas existentes, cumpliendo funciones que se orientan en relación con los objetivos generales de la Entidad;

Que, el Decreto Legislativo N° 1129, que regula el Sistema de Defensa Nacional establece que las entidades que conforman el Sistema de Defensa Nacional, entre ellos, los Ministerios, deben contar con Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional, que dependen de la más alta autoridad de la entidad; y cuyas funciones se encuentran reguladas en el Decreto Supremo N° 037-2013-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1129, por lo que es necesario modificar la denominación y las funciones de la Oficina de Defensa Nacional comprendida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adecuándola a la normatividad antes citada;

Que, con Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG se aprobó la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL, “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, cuya versión actualizada se aprueba mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG, que contiene en su numeral 7.1.7 las funciones de los Órganos de Control Institucional – OCI; así también, dispone en la Sétima Disposición Final, que las entidades que cuenten con un OCI deben realizar las modificaciones en sus documentos de gestión institucional;

Que, la Contraloría General de la República–CGR, mediante Oficio N° 00886-2016-CG/DOCI, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de las funciones del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo contenidos en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2014-TR;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG se aprobó la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD denominada “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado” estableciendo en la Primera Disposición Complementaria Transitoria que las entidades deben incorporar progresivamente en su Reglamento de Organización y Funciones, las funciones específicas para desarrollar las acciones de implementación del Sistema de Control Interno;

Que, la implementación del Sistema de Control Interno involucra a la gestión de riesgos, que es un proceso efectuado por los funcionarios y servidores públicos de la entidad, que se aplica en la fijación de la estrategia y a los distintos niveles de entidad; está diseñado para identificar eventos potenciales que podrían afectar a la entidad y permite administrar el riesgo dentro de los límites aceptados, proveyendo la seguridad razonable para la consecución de objetivos de la entidad;

Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en atribución a la disposición contenida en el artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” aprobado por Decreto Supremo N° 012-2011-TR, el Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos” aprobado por Decreto Supremo N° 013-2011-TR, el Programa “Perú Responsable, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-TR, y el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú” aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011-TR, programas que se encuentran en el ámbito de competencia del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral;

Que, de acuerdo a la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo entre sus objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la ciudadanía, que cuente con canales efectivos de participación ciudadana, y que sea transparente su gestión;

Que, en ese contexto, resulta necesario la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, por la causal establecida en el literal e) del artículo 28 de los “Lineamientos para la Elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública” aprobado por Decreto Supremo Nº 043- 2006- PCM”, adecuándose a la normativa citada en los considerandos precedentes;

Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido opinión favorable;

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1 Modificación de los artículos 4, 5, 12, 14, 16 y 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Modifícanse los artículos 4, 5, 12, 14, 16 y 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, los cuales quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 4.- Base Legal

Las funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se sustentan en las siguientes...

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