RESOLUCION, Nº 1010-2017-SUCAMEC, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - Aprueban Directiva “Clasificación y condiciones necesarias para el otorgamiento, renovación, emisión de duplicado y cancelación de autorizaciones de manipulación de productos pirotécnicos y materiales relacionados”-RESOLUCION-Nº 1010-2017-SUCAMEC

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2017

Lima, 13 de octubre de 2017

VISTO: El Informe Legal N° 277-2017-SUCAMEC-GEPP del 13 de setiembre de 2017, de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; el Informe Técnico N° 0116-2017-SUCAMEC-OGPP del 26 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 525-2017-SUCAMEC-OGAJ del 05 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1127 y el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente Nacional, emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 463-2017-SUCAMEC, de fecha 31 de mayo de 2017, se aprobó la Directiva N° 12-2017-SUCAMEC denominada “Clasificación y condiciones necesarias para el otorgamiento, renovación, emisión de duplicado y cancelación de autorizaciones de manipulación de productos pirotécnicos y materiales relacionados”;

Que, a través del Informe Legal N° 277-2017-SUCAMEC-GEPP de fecha 13 de setiembre de 2017, la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil sustenta la necesidad de formular una nueva propuesta de directiva que regule la clasificación y condiciones necesarias para el otorgamiento, renovación, emisión de duplicado y cancelación de autorizaciones de manipulación de productos pirotécnicos y materiales relacionados, a fin de incorporar una nueva categoría de autorización a favor de los servidores civiles que requieran, por el ejercicio de sus funciones, manipular productos pirotécnicos y materiales relacionados;

Que, respecto a la autorización para la manipulación de productos pirotécnicos, debemos tener en cuenta lo regulado en el artículo 59 de la Ley N° 30299, Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil (en lo sucesivo, la Ley), mediante el cual se establece que “la SUCAMEC otorga autorizaciones, conforme se establezca en el reglamento de la presente Ley, para la […] manipulación y realización de espectáculos con productos pirotécnicos o materiales relacionados”;

Que, cabe precisar que el numeral 323.3 del artículo 323 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-IN (en adelante, el Reglamento), establece que “Queda prohibido manipular productos pirotécnicos o materiales relacionados (…) sin contar con la autorización correspondiente”;

Que, además, el artículo 324 del Reglamento señala que la autorización para la manipulación de productos pirotécnicos y materiales relacionados es emitida según la actividad de su titular, las mismas que se determinarán y diferenciarán a través de la directiva correspondiente;

Que, con Informe Técnico N° 0116-2017-SUCAMEC-OGPP, de fecha 26 de setiembre de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que el citado proyecto de directiva se encuentra técnicamente viable de aprobación por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2014-SUCAMEC “Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil”;

Que, mediante Informe Legal N° 525-2017-SUCAMEC-OGAJ de fecha 05 de octubre de 2017, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de directiva, toda vez que ha sido elaborado conforme a la normatividad vigente, además de contar con sustento técnico - legal de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; asimismo, recomienda su aprobación y publicación en el diario oficial El Peruano por tratarse de una norma de carácter general, cuyo texto se deriva de un mandato general, objetivo y obligatorio para la SUCAMEC y los administrados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

Que, el proyecto de directiva tiene como objeto “[…] clasificar las distintas actividades pirotécnicas para cuyo desarrollo se requiere de una autorización para la manipulación de productos pirotécnicos y materiales relacionados (en adelante, AMPP), así como establecer las disposiciones para su otorgamiento, renovación, cancelación y, finalmente, para la emisión del duplicado del carné de manipulador de productos pirotécnicos y materiales relacionados”;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el citado informe legal ha señalado que las disposiciones generales y específicas del proyecto de directiva permiten la identificación y diferenciación de las actividades que requieren de autorización para la manipulación de productos pirotécnicos y materiales relacionados, lo cual es acorde con el objeto;

Que, la aprobación del presente documento conlleva a que se deje sin efecto la Directiva N° 12-2017-SUCAMEC denominada “Clasificación y condiciones necesarias para el otorgamiento, renovación, emisión de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR